
Los quitaron de la sucesión por contratar al sicario que mató a su padrastro
Policiales18/09/2025
REDACCIÓN
La Cámara de Apelaciones confirmó la exclusión de los bienes de la sucesión de Vicente Maillo para José Maximiliano y Luis Gabriel, y dejó firme la declaración de indignidad dictada en primera instancia. Con la firma del juez subrogante Nelson Sánchez, el tribunal rechazó el recurso de los demandados y sostuvo que la resolución anterior se apoyó en pruebas suficientes y coherentes con la causa penal.


La decisión remite a mayo de 2024, cuando el juez civil Francisco Marinkovic aceptó la demanda de los hermanos de la víctima, Petra Orfelia, Ana Gloria y Ernesto Pablo, representados por los abogados Erica Schupbach y Lucio De la Vega. El fallo inicial “declaró la indignidad” de los hijastros y dispuso su exclusión de la herencia de Vicente Agustín Maillo, medida que ahora ratificó la alzada tras revisar argumentos y antecedentes.
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El expediente civil se tramitó en paralelo al historial penal del caso. La investigación estableció que el 16 de noviembre de 2017, mientras Maillo dormía en su casa de Río Gallegos, un sicario lo atacó a puñaladas. La Justicia concluyó que el asesinato se planificó dentro del entorno familiar y condenó a prisión perpetua a Claudia Susana Reina, pareja de la víctima, y a sus hijos José y Luis, además de quien ejecutó el crimen, Christian Etchebarne.
Antes del homicidio, el vínculo familiar transcurrió durante años dentro de los comercios que sostuvo la economía del hogar. Vicente reconoció a los jóvenes, los crió, los mantuvo y les dio trabajo en “Bazar Doña Ana” y “Casa Maillo”, según surge de la acción civil. Con el tiempo, la relación se quebró y el vínculo laboral quedó roto.
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El móvil económico se convirtió en el eje de la acusación. La abogada querellante sostuvo que “Vicente había decidido separarse de Reina cuando regresara de sus vacaciones en el Caribe, adonde tenía planificado llevar a sus empleados”, y que esa decisión tensó al extremo la convivencia. La resolución también consignó que “la relación estaba sumamente deteriorada, al igual que la de Vicente con José, a quien había desvinculado de sus negocios hace algún tiempo por malos manejos”.
La sentencia penal dio por probado que la madre y los dos hijos planearon el ataque y contrataron a Etchebarne en Buenos Aires, quien viajó a Santa Cruz y consumó el homicidio. El cuadro probatorio de la causa penal sirvió de sustento a la acción de indignidad en el fuero civil, donde se exigía evaluar conductas gravemente lesivas hacia el causante para apartar del acervo a quienes participaron del crimen.
Al analizar la apelación, la Cámara ponderó la consistencia entre ambos expedientes y la entidad de los hechos. El tribunal afirmó que la exclusión hereditaria resulta compatible con la conducta acreditada, y que la primera instancia aplicó correctamente las normas de indignidad sucesoria frente a un homicidio cometido en perjuicio del causante por beneficiarios directos.
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El impacto del pronunciamiento también tiene un costado humano. “Hubiera esperado que no se demorara tanto el fallo; ellas necesitan esta tranquilidad, de saber que van a poder disponer del dinero de Vicente”, expresó Schupbach tiempo atrás, al reclamar una salida definitiva para su madre y su tía. En la misma línea, remarcó que el patrimonio refleja años de trabajo familiar y que “no vaya para estas lacras”.
Con esta resolución, la defensa de José y Luis sólo conserva la vía de la casación ante el Tribunal Superior de Justicia. Las chances de revertir el resultado lucen acotadas por la contundencia de las decisiones previas, aunque esa estrategia procesal aún queda abierta.
Fuente: La Opinión Austral

















