INEXPLICABLE: LE DAN LA “PROBATION” DESPUÉS DE CONDENARLO POR ROBO

Ocurrió en Trelew. La Jueza Ana María Servent otorgó un beneficio a un condenado por robo agravad...

Actualidad 18 de marzo de 2016 Nicolás Maciel

Ocurrió en Trelew. La Jueza Ana María Servent otorgó un beneficio a un condenado por robo agravado luego de finalizar el juicio. La víctima y la Fiscalía se opusieron.


Si bien tanto el Código Penal de la Nación como el Código Procesal Penal de la Provincia del Chubut establecen los presupuestos para el otorgamiento de la “suspensión a juicio a prueba”, la jueza aceptó el pedido fuera de los mismos. El CP sostiene que la pena no debe superar los tres años y el CPPCH sostiene que debe solicitarse antes de la sustanciación de la etapa de juicio; sin embargo, la jueza lo brindó tras finalizar el mismo y cuando quedaba establecer la pena, que sería mayor a seis años ya que se establecía por cesura.


Se trata de un juicio oral donde fue acusado Héctor Ramón Antón, encontrando la doctora Ana Laura Servent en su veredicto, que se encontraba acreditado el hecho ocurrido el 29 de abril de 2014, cerca de las 12,15, en la intersección de Moreno y Cutillo de Trelew, cuando la víctima circulaba con su mujer y dos hijos menores hacia su lugar de trabajo, siendo bloqueado el paso por una manifestación. Detrás de él transitaba el imputado en una camioneta Ford ranger, generándose un altercado, que culmina con las amenazas portando un arma de guerra, mencionando que se trataba de un policía retirado y que el agredido se las iba a tener que aguantar.


Luego de la resolución de la magistrada, quien manifestó haber tenido en cuenta los elementos testimoniales y de prueba presentados durante el juicio por el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Sergio Ferrín, se llevó adelante la cesura de pena, donde la fiscalía expuso sobre los atenuantes que cabían al imputado al no tener antecedentes penales ni causas existentes con la ley penal, teniendo en cuenta su edad, por lo cuál pidió una condena de dos años y cuatro meses de prisión, la cuál no sería de cumplimiento efectivo, pero permitiría sentar el antecedente respectivo que permitiría la no autorización para portar cualquier tipo de armas en el futuro.


Sin embargo, en una iniciativa que el propio defensor, Fabián Gabalachis expresó como solución atípica, esta parte solicitó la aplicación del instituto de suspensión de juicio a prueba, previsto en el artículo 76 bis del código procesal penal, que habitualmente se utiliza en ocasiones previas a la realización de un debate, contándose principalmente con la aceptación para esa aplicación de la parte acusadora y de la propia víctima. Para fundamentar esta posición, el abogado particular expuso sobre doctrina escrita al respecto, y mencionó algún antecedente.


El fiscal Sergio Ferrín se opuso terminantemente a este pedido, indicando lo extemporáneo del mismo, habiéndose llevado adelante un juicio oral y existiendo ya un veredicto del mismo, por lo que no resulta razonable hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba. Manifestó que no prestaba su consentimiento para tal fin, y en caso que la Jueza lo decidiera, pidió se consulte también a la víctima del hecho.


De acuerdo a las manifestaciones de las partes, la doctora Servent dispuso luego de un cuarto intermedio convocar a la víctima y establecer que la defensa ofrezca en el marco de la suspensión de juicio una reparación, aludiendo a un antecedente fijado en el caso Bustos-Castagnoli, llevado adelante en Trelew, lo que hacía la pretensión defensiva como viable.


En una posterior audiencia, el defensor ofreció una reparación de cinco mil pesos en doce cuotas y las disculpas por lo sucedido, pero la víctima se negó a la aceptación, manifestando que lo padecido en la ocasión fue emocionalmente muy fuerte y aún hoy su familia esta sufriendo las consecuencias, instando a que se fije una pena. El fiscal Ferrín insistió en que quede claro su no consentimiento, afirmando que luego de haber sido dictada una sentencia, se pretende resolver un incidente mínimo de tránsito con un arma de guerra.


La Jueza Ana María Servent decidió tomar el plazo de tres días para dar a conocer su resolución final y otorgó finalmente la solicitud de suspensión de juicio a prueba, acordando con la pretensión defensiva, sin el consentimiento del Ministerio Público Fiscal y la víctima, exigiendo se produzca la reparación ofrecida e imponiendo requisitos a quien fue acusado, como por ejemplo la prohibición de acercamiento a las víctimas.


Foto: Jornada Web

   

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