PROHÍBEN LOS CENTROS DE ESTUDIANTES EN CÁRCELES FEDERALES
La resolución fue firmada por la ministra Patricia Bullrich y apunta a restringir la permanencia prolongada de los internos en espacios educativos.
El Ministerio de Seguridad de la Nación prohibió el funcionamiento de los centros de estudiantes en todas las cárceles federales del país. La medida fue oficializada mediante la Resolución 372/2025 publicada en el Boletín Oficial. La cartera que conduce Patricia Bullrich consideró que estas estructuras interferían con los planes de reinserción.
Según el documento, los internos que integraban los centros de estudiantes pasaban jornadas completas en los espacios educativos. “De lunes a viernes, de 9 a 18 horas, se amparaban en su condición de estudiantes para evitar otras obligaciones del régimen penitenciario”, señala el texto. Esto, según el Ministerio, iba en detrimento del tratamiento progresivo que deben cumplir.
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El Gobierno sostiene que la permanencia prolongada en espacios de estudio impide el cumplimiento de tareas obligatorias como el trabajo y el mantenimiento. Estas actividades son exigidas por el sistema penitenciario como parte del proceso de reinserción. La normativa también cita el artículo 18 de la Constitución para respaldar este enfoque.
Bullrich aclaró que la educación sigue siendo un derecho garantizado por ley. Las leyes 24.660, 26.206, 26.058 y 24.521 y los tratados internacionales siguen vigentes. El problema, según el Ministerio, es el uso indebido de estos espacios educativos como centros de permanencia irregular.
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“La creación de centros de estudiantes no está contemplada en ninguna normativa vigente”, justificó la cartera. Además, explicó que la dinámica generaba problemas de seguridad y desvirtuaba la finalidad de las clases formales. Se hacía difícil controlar el cumplimiento del tratamiento penitenciario individualizado.
La resolución detalla que la medida abarca unidades como el Complejo Penitenciario Federal de CABA, CPF I y CPF IV. A partir de ahora, no se permitirá que los internos permanezcan en espacios de estudio fuera del horario de clase. La asistencia deberá limitarse exclusivamente a los turnos asignados.
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