Un juez autorizó una cirugía urgente para un bebé ante la negativa de sus padres por motivos religiosos

Actualidad27/11/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Hospital Castro Rendón
Hospital Castro Rendón

La Justicia de Neuquén autorizó una cirugía de urgencia para un bebé de un día de vida, luego de que los padres —miembros de la congregación Testigos de Jehová— rechazaran el procedimiento por la posibilidad de que implicara una transfusión de sangre. La resolución, firmada por el juez de Familia Luciano Zani, habilitó al hospital Castro Rendón a avanzar de manera inmediata para resguardar la salud del recién nacido.

El caso se inició cuando el bebé, trasladado desde San Martín de los Andes con un cuadro de obstrucción intestinal, llegó al hospital en estado crítico. Los profesionales advirtieron que la intervención no podía esperar y que la falta de cirugía representaba un riesgo vital. Ante la negativa de los progenitores, la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente de la IV Circunscripción solicitó una medida judicial urgente para evitar un daño irreparable.


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En su resolución, Zani sostuvo que la responsabilidad parental tiene límites definidos por la protección integral de la infancia. “La no realización de la práctica sugerida ponía en riesgo cierto su vida”, fundamentó el magistrado, al remarcar que el Estado debe intervenir cuando los derechos de un niño se encuentran vulnerados por acción u omisión de los adultos responsables.

El fallo también subraya que la autonomía de las familias para decidir sobre tratamientos médicos encuentra un límite en el interés superior del niño. “La libertad para ejercer sus derechos sin injerencias estatales se detiene cuando se afecta el derecho a la salud”, planteó Zani al analizar el impacto que podría tener la demora en autorizar la cirugía.


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La medida habilita al equipo médico del hospital a realizar todas las prácticas necesarias para resguardar la integridad del recién nacido, incluida la transfusión en caso de resultar indispensable para su supervivencia.

El juez concluyó que, frente a decisiones que podrían generar consecuencias irreversibles, el derecho a la vida y a la salud del niño debe prevalecer por sobre cualquier otra consideración.


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La intervención judicial permitió que el hospital actuara con la urgencia que el cuadro clínico requería. La prioridad establecida en la resolución fue asegurar que el recién nacido accediera a la atención médica imprescindible para salvar su vida.

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