
Un fallo porteño frenó a una agencia que vendía viajes a Malvinas como territorio británico
Actualidad07/12/2025
REDACCIÓN
La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires volvió a encender la discusión por las Islas Malvinas y puso bajo la lupa las prácticas de una agencia de turismo. La Sala IV confirmó un fallo que obliga a la empresa Cruiseline SRL a corregir sus publicidades por usar referencias británicas en viajes al archipiélago.


El caso comenzó con denuncias de consumidores que detectaron itinerarios presentados como “Falkland Islands” y mapas que mostraban “Port Stanley” en lugar de Puerto Argentino. Para los denunciantes, esa oferta alteraba información sensible y violaba normas locales.
La agencia buscó despegarse del contenido y sostuvo que solo operaba como intermediaria de navieras extranjeras. Afirmó que no podía modificar los itinerarios de gigantes del turismo como Celebrity Cruises. También planteó que la referencia al Reino Unido reflejaba el mando portuario vigente en las islas.
El tribunal no aceptó esa defensa. Los jueces recordaron que un proveedor local responde por la información que difunde y no puede apoyarse en datos de terceros para eludir responsabilidades. Señalaron que quien vende un servicio en Argentina debe cumplir el orden jurídico del país.
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La jueza Laura Perugini subrayó un punto que marcó la resolución: “La Constitución ratifica la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas”. Según el fallo, cualquier publicidad que relativice esa posición contradice un mandato que la Carta Magna define como permanente.
La Cámara también analizó la información para los usuarios y la consideró engañosa. Para el tribunal, ofrecer un viaje a un destino mientras se atribuye la soberanía a un Estado extranjero introduce confusión en un dato central del servicio. La norma exige claridad y exactitud.
El fallo evaluó, además, la cartografía que la empresa exhibía en su web. Allí encontró toponimia inglesa, como “New Island” en lugar de Isla de Goicoechea. Los jueces recordaron que el uso oficial de mapas requiere la aprobación del Instituto Geográfico Nacional y que la omisión de esa regla deteriora la integridad territorial.
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La defensa intentó minimizar el impacto y argumentó que ningún argentino podría dudar de la soberanía sobre el archipiélago. La Cámara rechazó ese planteo y sostuvo que la ley no depende del grado de patriotismo del consumidor, sino de la precisión que exige la publicidad.
Hubo una disidencia parcial. La jueza Nieves Macchiavelli consideró que la mención al Reino Unido describía condiciones de operación en territorio ocupado. Sin embargo, su postura quedó aislada ante el voto de Lisandro Fastman y Perugini, que ratificaron la condena.
Con la sentencia firme, Cruiseline SRL deberá eliminar todo contenido que use toponimia británica y reemplazarlo por la nomenclatura oficial. Además, tendrá que emitir un aviso rectificatorio y enviar una aclaración a quienes ya contrataron el servicio para informar que el destino pertenece a la República Argentina.
















