
Condenaron a los asesinos del periodista Juan Caliani a penas de hasta 9 años
Actualidad22/12/2025
Sergio Bustos
El proceso judicial por el homicidio del periodista Juan Caliani alcanzó una instancia definitoria en los tribunales de Neuquén. El magistrado del fuero de Niños, Niñas y Adolescentes, Dardo Bordón, dictó las sentencias de 6 y 9 años de prisión de cumplimiento efectivo para los dos responsables del crimen. Esta resolución se ajusta estrictamente a los montos que la fiscalía había solicitado durante las audiencias previas, cerrando una etapa dolorosa para la comunidad local y el ámbito de la comunicación regional.


Los hechos que derivaron en esta condena ocurrieron durante la noche del 1 de abril de 2024, en la vivienda del periodista situada en la intersección de las calles Luis Beltrán y Cacique Purrán. En aquella oportunidad, los agresores ingresaron a la propiedad a través de un quincho con la intención de sustraer diversos objetos de valor. Mientras los delincuentes acomodaban el botín en el techo del inmueble, Caliani advirtió movimientos extraños y decidió confrontar a los intrusos en un pasillo interno de su hogar.
Durante el enfrentamiento, la reconstrucción judicial determinó que el joven de 17 años inmovilizó a la víctima mientras el menor, de 16 años en ese momento, utilizó un arma blanca para herirlo gravemente. El periodista recibió dos puñaladas en la zona del tórax que le provocaron la muerte de manera casi inmediata en el lugar del ataque. Tras el violento episodio, los acusados huyeron de la escena, pero fueron capturados posteriormente y admitieron su autoría en un juicio abreviado realizado en mayo de ese mismo año.
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En los fundamentos de su fallo, el juez Bordón analizó el comportamiento previo de uno de los imputados, quien había cometido tres delitos en un lapso de apenas dos meses antes del homicidio. El magistrado puso el foco en “el aprovechamiento de las horas de descanso de las víctimas” como una modalidad recurrente en el accionar delictivo del joven. También remarcó la superioridad numérica que utilizaron los agresores para vencer la resistencia del comunicador dentro de su propia residencia.
La sentencia subraya la extrema agresividad empleada por los atacantes durante el robo, calificándola como una conducta que superó cualquier medida de defensa posible por parte de la víctima. El juez hizo hincapié en “la violencia desproporcionada desplegada, la determinación de robar y matar dentro del propio domicilio de la víctima” como factores agravantes para determinar la pena. Estos elementos fueron centrales para que la justicia decidiera que ambos cumplan sus condenas en establecimientos penitenciarios.
Otro detalle que generó indignación y fue incluido en el análisis del tribunal se relaciona con la actitud posterior al crimen. Uno de los jóvenes fue interceptado por la policía utilizando calzado que había sido sustraído de la casa del periodista, incluso cuando el fallecimiento ya era noticia nacional. Según el magistrado, este hecho “exhibe una aguda desaprensión, falta de escrúpulos ante el hecho y falta de empatía hacia la víctima, su familia y la comunidad misma”.
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Aunque al momento de cometer el asesinato ambos eran menores de edad bajo el régimen de la Ley 22.278, actualmente ya alcanzaron la mayoría de edad. Esto permitió que las pautas de tratamiento especial fueran reemplazadas por la reclusión efectiva solicitada por el Ministerio Público Fiscal. Por su parte, la querella representada por Federico Egea pretendía castigos más severos, con pedidos que llegaban hasta los 12 años, pero el tribunal optó por seguir la escala sugerida por la fiscalía.
El caso de Juan Caliani generó una gran repercusión en la Patagonia debido a su trayectoria profesional y a la brutalidad del asalto en una zona residencial. Los informes técnicos presentados durante el juicio de cesura fueron fundamentales para que el juez evaluara la peligrosidad y el desprecio por la vida ajena que mostraron los atacantes. Con esta determinación de pena, se espera que los condenados comiencen su traslado a dependencias carcelarias comunes de acuerdo a los protocolos vigentes para adultos.
La resolución judicial no solo contempla el daño a la propiedad privada, sino fundamentalmente la pérdida irreparable de una vida en un contexto de vulnerabilidad doméstica. El fallo del juez Bordón busca dar una respuesta institucional a un hecho que afectó profundamente el sentimiento de seguridad en la ciudad de Neuquén. La sentencia queda ahora firme como un antecedente sobre la responsabilidad penal juvenil en delitos de extrema gravedad que culminan en resultados fatales.














