Red Chamber: trabajadores denuncian fraude laboral y reclaman respuesta del Estado

Chubut07/01/2026Sergio BustosSergio Bustos
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Trabajadores en la puerta de la empresa.

Según el planteo, varias personas aparecen dadas de alta como “eventuales” pese a cumplir tareas de manera permanente, una situación que, de confirmarse, encuadra como fraude a la ley laboral. El conflicto también incluye un cuestionamiento directo a la falta de respuestas estatales y a la ausencia de interlocución por parte de la empresa.

El eje del planteo se apoya en una diferencia concreta: la continuidad del trabajo frente a la modalidad declarada en los registros. Los trabajadores sostienen que la prestación no responde a un pico estacional ni a una contratación transitoria, sino a funciones sostenidas en el tiempo. En ese marco, afirman que la registración como eventual recorta derechos y desordena la relación laboral, además de impactar en el sistema previsional y en obligaciones que también involucran al Estado.

Como sustento normativo, el texto cita la Ley I N.º 527, que declaró de utilidad pública bienes productivos de la ex Alpesca y habilitó su expropiación. En ese marco, se remarca que la ley protege derechos laborales de quienes integraban la empresa. Bajo esa lectura, la relación se mantiene como vínculo por tiempo indeterminado, y no como una contratación eventual reflejada en “altas tempranas” recientes.

La discusión no queda solo en el plano de la empresa y los trabajadores, porque el propio reclamo introduce el rol del Estado como garante de lo que la norma reconoce. En la versión difundida, la registración irregular no solo perjudica a las personas alcanzadas, sino que también puede generar un perjuicio al Estado, al afectar aportes, contribuciones y el orden registral. Esa combinación eleva el conflicto: deja de ser un desacuerdo interno y se convierte en un tema con derivaciones administrativas y previsionales.

En paralelo, crecen las dudas sobre el circuito institucional que debería activarse ante irregularidades de registración. El texto apunta a la Secretaría de Trabajo de la provincia y pregunta si existieron diligencias ante ARCA, mencionada como organismo competente en materia registral y previsional. La falta de información oficial sobre esas gestiones, según el mismo planteo, alimenta malestar y desconfianza entre quienes reclaman.


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El conflicto también expone un problema práctico: la ausencia de una contraparte empresarial que responda en el proceso. La publicación habla de “total ausencia” de la empresa, una situación que traba instancias de diálogo y empuja el reclamo hacia canales formales. Sin interlocución, los trabajadores quedan atados a expedientes y presentaciones que, según expresan, no muestran resultados a la velocidad que esperan.

En ese contexto, el texto aporta un dato puntual sobre el alcance social del problema al mencionar 78 familias afectadas. El foco se corre del caso individual y se instala como un conflicto colectivo con impacto directo en ingresos y estabilidad. Esa dimensión explica por qué el reclamo insiste en el carácter permanente del trabajo: no se discute solo una categoría administrativa, sino la base de derechos asociados a la continuidad laboral.

El paso más concreto que informa la fuente aparece en la intervención sindical. La publicación atribuye al gremio una decisión de llevar el conflicto a sede judicial en Puerto Madryn, dentro del fuero laboral ordinario. La cita textual figura de esta manera y se mantiene sin modificaciones: “El STIA, que desde hace tiempo viene visibilizando la gravedad de la situación y realizando las correspondientes presentaciones administrativas, por el impacto que esto tiene sobre 78 familias decidió judicializar el reclamo de las trabajadoras y los trabajadores ante la Justicia Laboral ordinaria de Puerto Madryn.”

Mientras la vía judicial toma forma, el texto describe un clima interno marcado por cansancio acumulado y falta de reconocimiento de años de trabajo. También menciona expedientes que no muestran movimiento, lo que refuerza la idea de estancamiento y la sensación de abandono que plantean los trabajadores. La nota, en términos informativos, deja un punto central: el reclamo pide definiciones institucionales, una respuesta empresarial y claridad sobre registros laborales bajo el paraguas de la Ley I Nº 527.

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