ANMAT retiró del mercado productos de limpieza, cosmética, automotor y uso médico

Actualidad10/02/2026REDACCIÓNREDACCIÓN
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La decisión alcanza a lavandinas, cosméticos, insumos para vehículos y un concentrador de oxígeno, tras detectar fallas en registros y requisitos sanitarios obligatorios.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió prohibir la comercialización y distribución de una serie de productos de consumo masivo y uso específico luego de detectar irregularidades en sus registros. La medida fue oficializada este martes a través del Boletín Oficial y se enmarca en tareas de fiscalización realizadas por el organismo. El alcance de la decisión incluye artículos de limpieza, cosmética, cuidado automotor y equipamiento médico.

Desde el organismo indicaron que los controles previos permitieron constatar incumplimientos en los requisitos formales exigidos para la venta legal de estos productos. En todos los casos, se detectaron fallas vinculadas a la inscripción sanitaria, el rotulado o la habilitación correspondiente. La resolución apunta a resguardar la trazabilidad y el cumplimiento de normas básicas de seguridad.


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Uno de los productos alcanzados por la prohibición fue Agua Lavandina Común Val Chemical, elaborada por la Compañía de Poliproductos Baigó. Si bien la empresa cuenta con habilitación nacional para el rubro domisanitario, el producto específico no se encontraba registrado ante la ANMAT. Esa falta de inscripción motivó su inmediata salida del mercado.

La medida también abarcó distintos productos de limpieza y acabado para automóviles y motocicletas, pertenecientes a marcas como Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil. En estos casos, la ANMAT detectó inconsistencias en la inscripción sanitaria. Solo quedó exceptuado un producto puntual que sí contaba con registro válido.


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En el rubro cosmético, la prohibición alcanzó a los artículos comercializados bajo la denominación LG – La Gefa Cosmética VIP. Según se informó, los productos no presentaban inscripción sanitaria en su rotulado, un requisito obligatorio para su venta. La decisión incluye serums, shampoos, máscaras capilares, tónicos de crecimiento, productos con biotina, alisados y plex moleculares.

El control sobre cosméticos responde a la necesidad de garantizar condiciones mínimas de seguridad en productos de uso directo sobre la piel y el cabello. La ausencia de registro impide verificar composición, procesos de elaboración y condiciones de fabricación. Por ese motivo, la ANMAT dispuso su prohibición total.


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La resolución también incluyó un concentrador de oxígeno, identificado como Respironics EverFLO. En este caso, el organismo determinó que el equipo no cumplía con los requisitos exigidos para su comercialización como producto médico. La medida reviste especial relevancia por tratarse de un dispositivo vinculado a tratamientos de salud.

Desde la ANMAT explicaron que la prohibición implica el retiro inmediato del mercado y alcanza a todas las etapas de comercialización. Esto incluye distribución, venta y uso, tanto en comercios físicos como en plataformas digitales. El objetivo es evitar que productos sin aval sanitario continúen en circulación.


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El organismo recordó que la inscripción y el registro no son trámites formales menores, sino herramientas centrales de control. A través de estos mecanismos se garantiza la identificación de responsables, la trazabilidad y la posibilidad de actuar ante eventuales riesgos. La falta de estos requisitos constituye una infracción grave.

La decisión publicada este martes se suma a otras medidas de fiscalización adoptadas en los últimos meses. La ANMAT mantiene operativos permanentes de control sobre productos que ingresan o circulan en el mercado. En este caso, la diversidad de rubros alcanzados refleja la amplitud del monitoreo sanitario.

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