
La Defensora del Pueblo rechazó una suba del 45,9% en la luz en Río Negro
Actualidad02/03/2026
Sergio BustosEl debate por la tarifa eléctrica en Río Negro sumó un nuevo capítulo con una postura firme desde la Defensoría del Pueblo. En plena audiencia pública por la revisión tarifaria, el organismo rechazó el incremento del 45,9% solicitado por la distribuidora EdERSA. La discusión gira en torno a cuánto deberían pagar los usuarios y qué respaldo técnico tiene el pedido empresario.

La Defensora del Pueblo, Adriana Santagati, fue clara durante su exposición. “El incremento del 45,9% en la tarifa media general, solicitado por la empresa, no presenta correlación suficiente con la eficiencia del servicio y la evolución de los ingresos de los usuarios”, sostuvo ante las autoridades regulatorias. La frase marcó el tono de una intervención centrada en la razonabilidad económica y el impacto social.
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Según explicó, la suba pretendida no se traduciría de manera uniforme en las facturas. El aumento implicaría variaciones en la tarifa final según el concepto aplicado —cargo fijo o cargo variable— y también de acuerdo con la categoría del usuario, entre ellas T1R1 y T1R2. Esa estructura complejiza el análisis y distribuye el impacto de forma desigual.
El equipo técnico de la Defensoría evaluó la propuesta bajo distintos criterios. El estudio puso el foco en la equidad tarifaria, la asignación de riesgos y el respeto de los derechos económicos de los usuarios, en línea con lo que establece el artículo 42 de la Constitución Nacional. Desde ese encuadre jurídico, el organismo consideró que la solicitud no cumple con estándares básicos de proporcionalidad.
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Tras las comparaciones técnicas, la conclusión fue contundente. La Defensoría señaló que existen indicios de transferencia de riesgos empresariales hacia los usuarios sin justificación objetiva. También advirtió señales de ineficiencia operativa vinculadas a pérdidas crecientes y costos estructurales que no muestran mecanismos claros de control.
Santagati profundizó el cuestionamiento al modelo planteado por la distribuidora. Indicó que, al desenergizar el Valor Agregado de Distribución (VAD), incrementar la representatividad de la red adaptada sobre el modelo MEI, asegurar la anualidad de la declaración de potencia y automatizar cortes mediante medidores prepagos, la empresa busca garantizar previsibilidad de ingresos. Esa lógica, según planteó, desvincula la rentabilidad de la eficiencia real en la prestación del servicio.
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La Defensora agregó que la propuesta presentada no acredita que el mayor ingreso solicitado resulte estrictamente necesario para sostener la prestación bajo parámetros de calidad y eficiencia. En otras palabras, no se demostró que el aumento sea la única vía para mantener el sistema en funcionamiento con niveles adecuados.
El planteo no se limitó a una observación técnica. También introdujo una mirada sobre el contexto económico de los hogares rionegrinos y la capacidad de pago de los usuarios. En un escenario de ingresos ajustados, cualquier modificación tarifaria adquiere un peso significativo en la economía familiar.
Con estos argumentos, la Defensoría del Pueblo se pronunció formalmente por el rechazo del requerimiento de ingresos presentado por EdERSA en los términos actuales. La definición ahora queda en manos del ente regulador, que deberá resolver si convalida total, parcialmente o descarta el incremento solicitado.















