
La Justicia de Chubut fijó un precedente: usar ChatGPT no invalida una sentencia
Actualidad14/03/2026
Sergio BustosEl avance de la inteligencia artificial llegó a los tribunales y obligó a la Justicia a fijar límites claros. En un fallo que ya genera repercusión en el ámbito judicial, el Superior Tribunal de Justicia de Chubut estableció que el uso de herramientas como ChatGPT en la redacción de sentencias no invalida automáticamente un fallo.

El máximo tribunal provincial sostuvo que lo que debe evaluarse es el contenido de la decisión judicial y no el proceso interno que utiliza el magistrado para elaborar su sentencia. En ese sentido, los ministros remarcaron que “se juzga el resultado de la sentencia y no el proceso interno del juez”.
La resolución surgió a partir de un caso ocurrido en Esquel, donde un juez había condenado a un hombre a dos años y medio de prisión efectiva por robo simple. Durante la revisión del fallo, la Cámara en lo Penal detectó en el texto una frase que sugería el uso de inteligencia artificial.


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La oración que apareció en el documento decía: “Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar”. Para el tribunal de segunda instancia, esa frase era una señal clara de que el magistrado había utilizado una herramienta de IA generativa para redactar parte del fallo.
A partir de ese hallazgo, la Cámara consideró que el juez no había cumplido con el protocolo sobre inteligencia artificial aprobado por el propio Superior Tribunal. En consecuencia, resolvió anular toda la sentencia y ordenar la realización de un nuevo juicio.
Las fiscales del caso cuestionaron esa decisión y llevaron el planteo hasta el máximo tribunal provincial. El Superior Tribunal admitió la queja, revisó la resolución y finalmente revocó la nulidad dispuesta por la Cámara.
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En su análisis, los ministros señalaron que el sistema procesal penal no examina el modo en que un juez elabora su razonamiento, sino la fundamentación que queda plasmada en el fallo. En esa línea, el tribunal afirmó que “la deliberación judicial sólo adquiere relevancia jurídica a través de su exteriorización en la sentencia, mediante una fundamentación expresa”.
El fallo también aclara que el uso de herramientas tecnológicas puede formar parte del proceso intelectual del magistrado, del mismo modo que ocurre con la consulta de doctrina o jurisprudencia. Lo determinante es que la decisión final sea propia del juez y esté debidamente fundada.
Los ministros remarcaron que la inteligencia artificial debe funcionar como una herramienta de apoyo y nunca como una fuente autónoma de decisión. Por ese motivo, la responsabilidad por el contenido del fallo sigue recayendo exclusivamente en el magistrado que lo firma.
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El tribunal fue categórico al señalar que “la función jurisdiccional es indelegable y la decisión debe ser siempre atribuible al magistrado que la suscribe, quien responde íntegramente por su contenido”.
Además, el fallo advierte que declarar nulidades automáticas por cuestiones formales podría afectar el funcionamiento del sistema judicial. Según el tribunal, “la confianza pública en la justicia no se preserva mediante nulidades automáticas fundadas en defectos formales carentes de trascendencia”.
Tras la resolución del Superior Tribunal, el expediente volvió a la Cámara en lo Penal de Esquel, que deberá analizar nuevamente los planteos originales de la defensa. Ese tribunal tendrá que evaluar la validez de las pruebas y la pena impuesta, pero con una integración distinta a la que había anulado la sentencia.
La decisión fue firmada el 13 de marzo de 2026 por cinco integrantes del Superior Tribunal de Justicia de Chubut: Camila Banfi Saavedra, Silvia Bustos, Andrés Giacomone, Javier Raidan y Mario Vivas. El ministro Ricardo Alberto Napolitani no participó por encontrarse de licencia.
El criterio fijado por el tribunal marca un precedente importante sobre el uso de inteligencia artificial en el ámbito judicial y establece cómo deben interpretarse estas herramientas dentro del proceso de elaboración de las sentencias.














