
La advertencia que inquieta a los partidos en Chubut y pone en foco a los afiliados
Política17/04/2026
Sergio BustosLa Secretaría Electoral Permanente de Chubut decidió salir a fijar posición ante consultas y preocupaciones que surgieron en las últimas horas dentro del sistema político. El eje de las aclaraciones apunta a la aplicación de la Ley XII N° 23, en particular a uno de los puntos que más inquietud genera: la doble afiliación partidaria.

El planteo no es menor. La normativa vigente prohíbe de manera expresa que una persona esté afiliada a más de un partido político al mismo tiempo, sin importar si se trata de fuerzas provinciales, municipales o de distrito. Ese punto, que ahora comienza a ser controlado con mayor rigor, se transformó en uno de los principales focos de atención para las agrupaciones.
El contexto explica el momento. Ya pasó más de un año desde la entrada en vigencia de la nueva Ley de Partidos Políticos y ahora empiezan a activarse los mecanismos de verificación que establece la propia norma. En ese escenario, la Secretaría recordó que no se trata de disposiciones nuevas, sino de requisitos que deben cumplirse para sostener la personería jurídico-política.


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Uno de los aspectos centrales tiene que ver con la vida interna de los partidos. Las agrupaciones están obligadas a renovar sus autoridades mediante elecciones internas al menos cada cuatro años, aunque pueden hacerlo en plazos menores si así lo establecen sus propias cartas orgánicas. Ese proceso debe garantizar participación real de los afiliados y contemplar representación de minorías.
Además, la normativa exige criterios de paridad y alternancia de género en la integración de autoridades partidarias. También obliga a que las cartas orgánicas se adecuen a los lineamientos legales vigentes, lo que implica revisiones formales que, en muchos casos, todavía están en proceso dentro de los partidos.
Otro punto clave es la participación electoral. La ley establece que las fuerzas políticas deben competir en elecciones generales, ya sea de forma individual o integrando alianzas. No participar en dos comicios consecutivos sin una justificación válida puede derivar en consecuencias que no admiten corrección posterior.
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El padrón de afiliados también aparece como una variable determinante. Cada partido debe sostener un mínimo equivalente al cuatro por mil del padrón electoral de su ámbito. En el caso provincial, ese número ronda actualmente los 1.940 afiliados, una cifra que varias fuerzas siguen de cerca en medio del proceso de reempadronamiento.
Justamente ese proceso fue impulsado por la propia Secretaría Electoral como una herramienta para ordenar la situación de las agrupaciones. La actualización de padrones permite detectar irregularidades, entre ellas posibles casos de doble afiliación, y avanzar en la regularización de quienes no cumplen con los requisitos.
No todos los incumplimientos tienen el mismo peso. Algunos aspectos, como la adecuación de cartas orgánicas, la renovación de autoridades o la cantidad de afiliados, pueden corregirse dentro de plazos establecidos. En cambio, la falta de participación electoral en instancias anteriores no tiene posibilidad de subsanación.
En este escenario, la advertencia de la autoridad electoral funciona como una señal hacia el sistema político. El objetivo es que los partidos regularicen su situación, fortalezcan su funcionamiento interno y garanticen condiciones claras para el ejercicio de los derechos políticos.
La etapa que se abre combina controles más estrictos con la posibilidad de ordenar lo pendiente. Para muchas fuerzas, el desafío será ajustar su estructura a las exigencias legales sin perder presencia territorial ni capacidad de competencia en futuras elecciones.














