
La Cámara de Casación anuló un rechazo previo y autorizó que el exministro cumpla la condena en su domicilio por su cuadro clínico.

Julio De Vido dejará la cárcel de Ezeiza y continuará el cumplimiento de su condena bajo prisión domiciliaria por decisión de la Cámara de Casación. El beneficio fue concedido a partir del cuadro de salud del exministro de Planificación Federal, que sufrió un infarto el 1° de abril y recibió la colocación de un stent. La resolución modificó el criterio que previamente había rechazado el pedido de la defensa.
El dato médico resultó central para cambiar el lugar de cumplimiento de la pena. De Vido, de 76 años, presenta antecedentes que agravaron la evaluación judicial sobre su permanencia en el penal. Los informes profesionales alertaron sobre un “alto riesgo cardiovascular”, una expresión que quedó como fundamento principal de la decisión tomada por Casación.


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La medida no implica la anulación de la condena ni modifica la situación penal de fondo. El exfuncionario seguirá condenado por fraude al Estado en la causa por la tragedia de Once, donde fue considerado partícipe necesario. Lo que cambia es el régimen de cumplimiento, que pasará de una unidad penitenciaria a su domicilio.
La resolución llegó después de una negativa del Tribunal Oral Federal, que había rechazado el pedido de prisión domiciliaria. Esa decisión fue anulada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci. Con ese nuevo criterio, Casación ordenó que De Vido continúe la pena fuera del penal de Ezeiza.
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El infarto sufrido el 1° de abril no fue evaluado de manera aislada. A ese episodio se sumaron otras afecciones mencionadas en el expediente, entre ellas diabetes insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión arterial. La combinación de esos diagnósticos reforzó el planteo sobre el riesgo que podía representar la continuidad del encierro carcelario.
La decisión judicial se apoyó en la necesidad de atender el estado clínico del condenado sin interrumpir el cumplimiento de la pena. En este tipo de resoluciones, la prisión domiciliaria funciona como un cambio de modalidad y no como una absolución ni como una reducción automática de la condena. Por eso, el exministro permanecerá sujeto a las condiciones fijadas por la Justicia.
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Casación también dispuso que el juez de ejecución mantenga un control periódico sobre De Vido. Ese seguimiento será clave para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y la evolución de su estado de salud. La supervisión judicial busca sostener el equilibrio entre la situación médica del condenado y la ejecución de la sentencia.
El caso vuelve a ubicar a De Vido en una instancia judicial sensible por su rol en una condena vinculada a la tragedia ferroviaria de Once. La autorización de la domiciliaria no borra esa condena ni cambia la responsabilidad ya establecida en el expediente. La discusión se concentró ahora en si su situación sanitaria permitía mantenerlo alojado en Ezeiza.
















