
Dos policías llegaron a juicio acusados de alterar registros oficiales en Ñorquinco
Policiales14/05/2026
Sergio BustosLa Justicia de Río Negro llevó adelante este martes un juicio oral y público contra dos integrantes de la Policía provincial acusados de incorporar información falsa en documentación oficial de la Subcomisaría 73 de Ñorquinco. La Fiscalía pidió que ambos sean declarados culpables por falsedad ideológica agravada y tentativa de fraude contra la administración pública.



La investigación judicial se originó a partir de una irregularidad detectada en el libro de parte diario de la dependencia policial. Según la acusación, uno de los imputados dejó asentado que un efectivo cumplía funciones en la guardia durante la mañana del 3 de febrero de 2024, aunque posteriormente se comprobó que ese agente permanecía demorado en la Comisaría de El Maitén desde horas antes.
De acuerdo con la reconstrucción presentada durante el debate, el policía figuraba prestando servicio a las 10:35, pero la investigación determinó que continuaba demorado en Chubut hasta las 10:45 de esa misma jornada. Para el Ministerio Público Fiscal, esa diferencia temporal demostró la existencia de información falsa incorporada deliberadamente en un documento oficial.


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La acusación sostuvo además que la maniobra no habría sido individual. Según planteó la Fiscalía, la otra imputada, quien se encontraba a cargo de la subcomisaría, habría ordenado realizar el registro con el objetivo de evitar consecuencias administrativas para el efectivo ausente, entre ellas posibles descuentos salariales o sanciones internas.
Durante los alegatos finales, el fiscal remarcó que en la guardia de la Subcomisaría 73 trabajaban solamente tres agentes, por lo que consideró imposible que la ausencia del policía pasara inadvertida dentro de la dependencia. En ese contexto, sostuvo que el asentamiento en el libro oficial no pudo haber sido un error involuntario.
La Fiscalía también subrayó el valor institucional del libro de parte diario, al que definió como un instrumento público permanente donde deben registrarse con exactitud todos los movimientos y novedades ocurridas dentro de la unidad policial. Según indicó, cualquier alteración impacta directamente sobre la transparencia administrativa y el control interno de la fuerza.
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La causa comenzó después de que autoridades policiales tomaran conocimiento de una demora contravencional ocurrida en la localidad chubutense de El Maitén. A partir de ese episodio se iniciaron actuaciones administrativas que luego derivaron en la investigación penal y en la elevación del expediente a juicio oral.
Durante el debate declararon seis testigos convocados por la Fiscalía. Entre ellos participaron un subcomisario que cumplía funciones de oficial de servicio en la Subcomisaría 73 al momento de los hechos, integrantes del Gabinete de Criminalística de El Bolsón y personal de la Unidad Operativa del Ministerio Público Fiscal.
También prestaron testimonio representantes del Departamento de Liquidación de Sueldos de la Policía de Río Negro y un perito calígrafo oficial del Superior Tribunal de Justicia, cuya intervención estuvo vinculada al análisis de los registros incorporados en la documentación policial.
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Para el Ministerio Público Fiscal, las conductas investigadas encuadran en el delito de falsedad ideológica agravada por haber sido cometida por funcionarios públicos con abuso de sus funciones, en concurso ideal con fraude en perjuicio de la administración pública en grado de tentativa.
Los dos acusados fueron asistidos por defensores particulares, quienes rechazaron por completo la acusación fiscal. Durante sus alegatos sostuvieron que no pudo probarse una maniobra deliberada destinada a falsificar información dentro del libro de guardia y afirmaron que tampoco existió intención de generar un perjuicio económico para el Estado.
Tras finalizar la audiencia, el juez dio por concluido el debate y adelantó que el veredicto será comunicado en una próxima instancia judicial, que podría realizarse de manera virtual mediante la plataforma Zoom.















