
El Superior Tribunal de Justicia confirmó las condenas a Torres Otarola, por corrupción en la causa "Ñoquis Calientes"
Policiales29/05/2026
REDACCIÓNEl máximo tribunal de Chubut ratificó de manera definitiva la existencia de graves maniobras delictivas contra el patrimonio público provincial cometidas por la conducción de la cartera de Desarrollo Humano.

Los ministros de la corte provincial desestimaron las impugnaciones de los abogados defensores y convalidaron las tipificaciones penales dictadas en las instancias previas del proceso. La resolución dota de firmeza al reproche judicial contra los exfuncionarios, estableciendo un precedente sobre los estándares de prueba exigidos para sancionar el desvío de fondos estatales.
El pronunciamiento de los magistrados ratifica en todos sus términos la sentencia penal que dio por probada la utilización de las estructuras del Estado para el beneficio económico personal de los involucrados. Los jueces validaron la investigación que determinó que las conductas analizadas constituyeron una afectación severa a la transparencia administrativa, rechazando que los planteos de las defensas particulares lograran conmover la materialidad de los hechos ilícitos. La resolución sella la suerte penal de los cuatro principales acusados por el desfalco.


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La primera de las conductas delictivas confirmadas por la corte provincial se remonta al período en que la principal imputada, Cecilia Torres Otarola, se desempeñaba en la Legislatura. El Superior Tribunal validó que la entonces diputada exigió a sus asesores legislativos la entrega de aproximadamente el 50% de sus sueldos mediante un mecanismo de presión unilateral y abusivo derivado de la asimetría de su cargo. Los fondos eran centralizados por Silvana Cañumil para ser transferidos de forma inmediata a las cuentas particulares de la legisladora.
Los ministros del tribunal provincial determinaron que este esquema de recaudación ilegal quedó correctamente encuadrado bajo la figura penal del delito de concusión. Los jueces fundamentaron que la exigencia de los retornos dinerarios a los trabajadores de su bloque no constituyó un aporte voluntario, sino un requerimiento forzoso e ilegítimo sustentado en la autoridad pública que detentaba la imputada. La convalidación de esta tipificación consolida el criterio jurisprudencial respecto al cobro de dádivas al personal subordinado.
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La segunda modalidad criminal ratificada en el fallo definitivo corresponde al período en que la organización criminal trasladó sus actividades al ámbito del Poder Ejecutivo, comandando el Ministerio de Desarrollo Humano y Familia. En esa repartición, la exministra firmó los nombramientos de Mara Lorena Rodera en el cargo de Directora General, y de Facundo Solari Rodera junto a Miguel Ángel Reto Trelles en calidad de directores. Ninguno de los tres designados poseía vinculación real con las funciones del área ni cumplió tareas efectivas en la provincia.
Los jueces de la máxima instancia provincial refrendaron que estas contrataciones configuraron de forma unánime el delito de fraude a la administración pública. El tribunal penal dio por acreditado que se recurrió a una idoneidad ficticia con el único propósito de incorporar al sistema de liquidación de haberes del Estado a personas que mantenían sus domicilios reales en Buenos Aires y que no contraprestaban servicio alguno. El ardid significó una erogación ilegal constante que perjudicó las partidas destinadas a la contención social.
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Con las firmas de los ministros Ricardo Alberto Napolitani, Silvia Alejandra Bustos, Javier Gastón Raidan, Camila Lucía Banfi Saavedra, Mario Luis Vivas y el juez de Cámara Martín Roberto Montenovo, el tribunal declaró la improcedencia de los recursos promovidos por los defensores Romano Cominetti y Florencia Ana Aida Barba. La paridad de criterios entre las distintas instancias judiciales que revisaron el caso sepultó los reclamos por supuestos vicios procesales, ordenando la ejecución inmediata de las penas accesorias y las costas del juicio.
La condena impuesta a Torres Otarola a dos años y ocho meses de prisión en suspenso adquirió carácter firme, obligándola a someterse al control de la Oficina Judicial de Rawson para evitar la revocación de la condicionalidad. Asimismo, se mantuvieron firmes las penas de dos años de prisión en suspenso para Rodera, Solari Rodera y Reto Trelles en su condición de coautores del fraude al erario público. Las actuaciones del Expediente N° 101183 retornarán al tribunal de origen para el cómputo final de los plazos procesales.















