Ricardo Rojas: revocaron la prisión en suspenso a un condenado por violencia

Policiales02/06/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La Justicia mantuvo detenido a Luis Quilchamal por incumplir la prohibición de acercamiento impuesta luego de una condena por amenazas con arma de fuego.

Localidad de Ricardo Rojas
Localidad de Ricardo Rojas

Luis Quilchamal seguirá detenido luego de que la Justicia revocara el beneficio de la prisión en suspenso que había recibido en una causa por violencia de género. La decisión fue adoptada por el juez Ariel Quiroga, quien coincidió con el planteo realizado por representantes de la fiscalía de Sarmiento. El magistrado consideró que los incumplimientos de las reglas de conducta justificaban dejar sin efecto la modalidad condicional de la pena.

La resolución impacta sobre una condena dictada el 25 de abril de 2025, cuando Quilchamal recibió una pena de 2 años de prisión de ejecución condicional. Esa sentencia había sido impuesta luego de que fuera declarado autor penalmente responsable de amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, en contexto de violencia de género, resistencia a la autoridad y portación de arma de fuego sin autorización legal. Además, debía cumplir durante 3 años una serie de reglas de conducta.


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El pedido de revocación fue impulsado por la fiscalía de Sarmiento a partir de un nuevo episodio atribuido al condenado. El 16 de mayo de 2026, la procuradora Luciana Coppini y el funcionario Matías Ayuzo participaron de una audiencia de control de detención contra Quilchamal por el delito de desobediencia. En esa instancia se informó que el imputado incumplió la orden de prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.

La prohibición de acercamiento era una de las medidas centrales impuestas dentro de la condena en suspenso. Para la acusación, su incumplimiento no representaba una falta menor, sino una afectación directa a la protección de la mujer involucrada. Por eso, solicitó que se aplicara prisión preventiva y que se revocara el beneficio otorgado en la sentencia anterior.


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El juez Quiroga sostuvo en su resolución que la regla vulnerada tenía un peso especial por el tipo de causa en la que fue dictada. “No cabe ninguna duda que, en una condena dictada en el marco de violencia de género, la regla que veda todo acercamiento físico y contacto del agresor en favor de la víctima, se erige en una norma de tutela esencial, cuya infracción en nada puede compararse con la de otras reglas de menor trascendencia”, señaló el magistrado. La valoración judicial colocó el incumplimiento dentro de una conducta incompatible con el beneficio de ejecución condicional.

La causa original se inició por un hecho ocurrido el 1 de septiembre de 2024, alrededor de las 18, en una vivienda ubicada sobre las calles Julio Argentino Roca y Ricardo Rojas. De acuerdo con la acusación, Quilchamal ingresó al domicilio de la víctima, sacó un arma de fuego de su cintura y la apuntó. En ese momento, le expresó: “yo a vos te voy a cagar matando, me tenes cansado, te voy a pegar un tiro en la cabeza”.


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La mujer escapó de su casa luego de la amenaza y corrió hacia la comisaría local para pedir auxilio. Allí fue recibida por una cabo de policía, a quien le relató lo ocurrido. La situación escaló cuando el agresor también llegó a la dependencia policial y manifestó que estaba en ese lugar para llevarse a su ex pareja.

Dentro de la comisaría, Quilchamal volvió a dirigirse a la víctima con una orden intimidante. Según el caso, le dijo “¿qué haces vos acá? anda para la casa…”. Luego la tomó del cabello e intentó retirarla por la fuerza, hasta que los efectivos policiales intervinieron para reducirlo y detenerlo.


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Durante ese procedimiento, los policías observaron que el imputado llevaba un arma de fuego entre sus prendas. Ese dato integró luego la causa penal que terminó con la condena homologada mediante juicio abreviado. La sentencia incluyó delitos vinculados con amenazas agravadas, resistencia a la autoridad y portación de arma sin autorización legal.

Con la nueva decisión, el beneficio de la prisión en suspenso quedó sin efecto y el condenado continuará bajo prisión preventiva. El juez Quiroga también indicó que, cuando la sentencia alcance el grado de firmeza requerido, deberá realizarse el cálculo de la pena que Quilchamal tendrá que cumplir. El trámite judicial pendiente definirá el alcance concreto de la ejecución de la condena.

Fuente: MPF Chubut

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