
Siete meses de cárcel con pago de pericias por violencia de género en Madryn
Policiales19/06/2026
REDACCIÓNLa jueza homologó un abreviado por violencia de género, con siete meses de prisión efectiva y reintegro de gastos al Ministerio Público Fiscal.

Un condenado por violencia de género en Puerto Madryn no solo cumplirá una pena de prisión efectiva. La sentencia también le impuso el pago de las costas del proceso y de la pericia informática que permitió avanzar sobre los mensajes amenazantes incorporados a la causa. La decisión marca una consecuencia judicial concreta: quien recibió la condena deberá afrontar parte del costo que demandó producir la prueba usada en su contra.
La jueza penal María Alejandra Hernández homologó un juicio abreviado acordado entre la Fiscalía y la defensa, con la conformidad de la víctima. El imputado, identificado como J.A.S. por tratarse de una causa de violencia de género, recibió una pena de siete meses de prisión de cumplimiento efectivo. La resolución incluyó delitos de violación de domicilio, daño, amenazas y desobediencia a la autoridad, todos dentro de un mismo contexto de violencia.


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El caso no quedó reducido a una condena penal, porque la sentencia sumó un criterio económico sobre el proceso. Además de la pena de cárcel, el hombre deberá abonar al Ministerio Público Fiscal los gastos vinculados con una pericia informática realizada durante la investigación. Esa medida busca que el costo de una prueba necesaria para llegar a la condena no recaiga únicamente sobre los recursos públicos.
La investigación reunió distintos elementos que permitieron sostener el acuerdo abreviado. La Fiscalía incorporó denuncias, informes policiales, registros del Centro de Monitoreo, pericias técnicas y documentación profesional sobre el contexto entre las partes. Ese conjunto probatorio permitió reconstruir la serie de hechos y darle sustento a la acusación sin llegar a una audiencia de debate oral.
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La pericia informática tuvo un peso específico dentro del expediente. Ese análisis permitió corroborar la autoría de los mensajes amenazantes, un punto relevante para acreditar parte de la conducta atribuida al condenado. La sentencia, al ordenar su pago, vinculó de manera directa el trabajo técnico con la responsabilidad penal definida en el juicio abreviado.
La fiscal del caso, Romina Carrizo, explicó el alcance de la decisión económica incluida en la sentencia. “La resolución judicial también ordenó el recupero de los gastos generados por la investigación, imponiendo al condenado el pago de las costas procesales y de las pericias realizadas durante el trámite de la causa. De esta manera, se procura resarcir al Estado por los recursos públicos empleados para el esclarecimiento de los hechos y la obtención de la prueba necesaria para arribar a la condena”, detalló.
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El recupero de gastos introduce un mensaje sobre el uso de herramientas técnicas en causas de violencia de género. Las investigaciones actuales muchas veces requieren pericias, registros digitales, informes especializados y análisis de comunicaciones. En este expediente, esa estructura probatoria resultó determinante para cerrar una condena de cumplimiento efectivo y para justificar que el condenado responda también por parte del costo estatal.
La conformidad de la víctima permitió avanzar por la vía del juicio abreviado. Ese procedimiento exige acuerdo entre las partes y homologación judicial, por lo que la jueza revisó los términos antes de dictar sentencia. En este caso, el resultado combinó una pena de prisión, el reconocimiento de los hechos dentro del expediente y una obligación económica vinculada con las pericias.
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La calificación incluyó conductas diferentes dentro de una misma trama de violencia. La violación de domicilio, el daño, las amenazas y la desobediencia a la autoridad formaron parte del cuadro valorado por la Fiscalía y por el tribunal. La sentencia no trató esos hechos como episodios aislados, sino como parte de un contexto que los informes profesionales también incorporaron a la causa.
El fallo deja una consecuencia inmediata para el condenado y una señal institucional para investigaciones similares. J.A.S. deberá cumplir siete meses de prisión efectiva y afrontar los gastos definidos en la sentencia. Para la Fiscalía, el resultado confirma que la producción de prueba técnica puede sostener condenas y, además, permitir el reintegro de recursos públicos cuando existe responsabilidad penal.
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La causa continuará ahora en la etapa de cumplimiento de la pena y de ejecución de las obligaciones económicas fijadas por la sentencia. El punto pendiente será concretar el recupero de los gastos y sostener las medidas que correspondan dentro del proceso. En una causa atravesada por violencia de género, la resolución deja asentado que la sanción no termina en la prisión, porque también alcanza el costo que demandó probar los hechos.

















