
El proyecto de sociedades habilita firmas automatizadas, reduce trabas registrales y abre un debate sobre contratos, controles y negocios digitales.

Una empresa podría operar sin empleados para su funcionamiento ordinario, tomar decisiones mediante algoritmos o inteligencia artificial y organizar parte de su capital en registros digitales. Esa posibilidad llegará al Senado dentro del proyecto de nueva Ley General de Sociedades que impulsa el Gobierno nacional. La iniciativa busca cambiar el modo en que se crean, administran y controlan las sociedades comerciales en la Argentina. El punto más sensible del texto es el desplazamiento del control estatal previo hacia una lógica donde el estatuto de cada firma gana peso propio. La discusión empezará en comisión y pondrá a prueba una reforma que toca el corazón del régimen empresario vigente desde 1972.
La Comisión de Legislación General abrirá la reunión informativa a las 15.30, bajo la presidencia de la senadora neuquina Nadia Márquez. Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación, expondrá los fundamentos de la propuesta junto a Paula Taddei Farfán, subsecretaria de Planeamiento Estratégico de la Secretaría Legal y Técnica, y Alejandro Ramírez, inspector general de Justicia. La presencia de esos tres funcionarios muestra que el debate combina política económica, técnica jurídica y control registral. El Senado no tratará solo una modernización administrativa, sino una modificación profunda del vínculo entre empresas, registros públicos y normas estatales.


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El cambio más fuerte aparece en el lugar que ocupará el estatuto societario. La propuesta busca que las normas de la ley funcionen como reglas supletorias, de modo que los socios puedan ordenar sus negocios con mayor libertad contractual. El proyecto sostiene que las restricciones estatales deberán aplicarse de manera excepcional y con interpretación restrictiva. En la práctica, los registros públicos perderían margen para limitar aquello que la ley permita a las sociedades. Esa redefinición impacta sobre la constitución de empresas, sus objetos sociales, la estructura interna y la forma de resolver conflictos entre socios.
La reforma incorpora la Sociedad Automatizada como figura específica dentro del régimen argentino. Ese tipo de empresa podría funcionar mediante algoritmos o inteligencia artificial, sin requerir personal para su operación ordinaria. El texto también contempla estructuras total o parcialmente autónomas, lo que desplaza parte de la gestión desde órganos humanos tradicionales hacia sistemas tecnológicos. La novedad no radica solo en usar herramientas digitales, sino en reconocer un modelo societario organizado alrededor de decisiones automatizadas. Ese punto coloca al derecho comercial frente a preguntas sobre responsabilidad, control, patrimonio y trazabilidad de las operaciones.
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Las DAO, u organizaciones autónomas descentralizadas, ingresarían al régimen con participaciones representadas en tokens y registros asentados en blockchain. Esa figura apunta a empresas o estructuras donde la organización interna puede apoyarse en contratos inteligentes y mecanismos digitales de participación. El proyecto amplía así el concepto tradicional de socio, aporte, registro y funcionamiento interno. La reforma intenta adaptar la ley empresaria a negocios que ya se mueven con activos digitales y arquitecturas descentralizadas. El Senado deberá discutir si ese reconocimiento ofrece seguridad jurídica suficiente o si abre zonas difíciles de fiscalizar.
La digitalización plena ocupa otro tramo central de la iniciativa. Las sociedades podrían contar con domicilio electrónico, sede electrónica, libros y registros digitales, asambleas a distancia, constitución mediante firma digital o electrónica y un legajo público digital para cada empresa. Esa transformación apunta a compañías que operan con equipos remotos, plataformas tecnológicas o estructuras sin presencia física constante. El proyecto asume que la sede material dejó de ser el único modo posible de funcionamiento empresario. Ese cambio reduce tiempos y costos, aunque también exige controles de verificar identidad, documentación y decisiones tomadas a distancia.
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La propuesta también permitiría que las sociedades sometan sus conflictos internos al derecho extranjero o al derecho mercantil internacional. Además, habilitaría cláusulas arbitrales dentro del estatuto para resolver controversias sin depender de los tiempos de la justicia local. Ese punto modifica una dimensión sensible del vínculo entre socios, acreedores y tribunales. La reforma abre la puerta a que disputas empresarias constituidas en la Argentina se resuelvan bajo reglas pactadas fuera del circuito judicial tradicional. La medida apunta a mayor previsibilidad contractual, pero desplaza parte del conflicto hacia ámbitos menos accesibles para actores pequeños.
El proyecto amplía las alternativas de aportes societarios y reconoce bienes, derechos, créditos, activos digitales, prestaciones con valoración económica y obligaciones de dar o hacer. Esa modificación busca incluir dentro del capital o de la estructura societaria recursos que no encajan con facilidad en esquemas tradicionales. La economía tecnológica suele apoyarse en intangibles, desarrollos digitales, servicios especializados y derechos de uso que requieren valoración. La iniciativa pretende que esos activos puedan ingresar al contrato social sin quedar atrapados por categorías pensadas para empresas de otra época. Ese reconocimiento será uno de los puntos técnicos del debate.
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Los registros públicos aparecen como uno de los sectores más impactados por la reforma. El texto plantea eliminar trabas burocráticas y evitar que esas dependencias dicten resoluciones que restrinjan lo autorizado por la ley. También permite objetos sociales amplios, plurales y sin obligación de conexidad entre actividades. Ese cambio reduce la intervención administrativa previa y traslada más responsabilidad a los socios que diseñan la empresa. El nuevo equilibrio promete agilidad, pero obliga a definir qué controles quedarán disponibles cuando una sociedad opere con múltiples actividades, activos digitales o sistemas automatizados.
La discusión parlamentaria recién comenzará y el Senado deberá ordenar el alcance real de una reforma que cruza derecho societario, tecnología, arbitraje, registros públicos y negocios digitales. El oficialismo intentará presentar el proyecto como una vía para simplificar la creación de empresas y adaptar la ley a nuevas formas de organización. La discusión de fondo, sin embargo, quedará en la frontera entre libertad contractual y resguardo público. El punto pendiente será determinar quién controla, con qué herramientas y en qué momento a sociedades que pueden operar por IA, tokens y estatutos casi autosuficientes.
Fuente: NA.

















