Casación desestimó denuncias contra trabajadores del Garrahan por las protestas

Actualidad02/07/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La Sala IV desestimó denuncias contra trabajadores del hospital por medidas de fuerza realizadas en 2025 contra la gestión de Mario Lugones.

Garrahan
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La Justicia volvió a respaldar a trabajadores del Hospital Garrahan por las protestas realizadas durante 2025. La Sala IV de la Cámara de Casación Penal afirmó la “inexistencia de delito” en las medidas de fuerza llevadas adelante por profesionales, técnicos y empleados del centro pediátrico. La decisión desestimó denuncias vinculadas con paros y reclamos contra la gestión del ministro Mario Lugones y del director designado Mariano Pirozzo.

La resolución fue comunicada por integrantes de la Asociación de Profesionales y Técnicos del Hospital Garrahan (APyT). Desde el sector gremial señalaron que el fallo rechaza las presentaciones realizadas por Pirozzo, designado por el Ministerio de Salud de la Nación. La causa se había iniciado a partir de denuncias contra acciones de protesta desarrolladas en defensa del hospital.


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El pronunciamiento de Casación puso el foco en la inexistencia de conducta penal atribuible a quienes participaron de los reclamos. “Acá se dejó en claro que no hubo ningún delito en las protestas llevadas adelante por el equipo de salud del Hospital, a lo largo de todo el año pasado”, manifestaron desde APyT. La organización sostuvo que el tribunal dejó firme una lectura favorable al derecho de protesta.

El fallo citó la decisión del magistrado instructor, quien resolvió desestimar las actuaciones. Según el criterio judicial, no había elementos para sostener una imputación penal por las medidas realizadas por los trabajadores. Esa definición resulta central para el conflicto, porque separa la protesta gremial de cualquier intento de criminalización.


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La secretaria general de APyT, Norma Lezana, afirmó que los distintos fallos judiciales emitidos en el caso fueron respaldando la posición de los trabajadores. También destacó la intervención de la jueza María Servini en un proceso sumarial abierto contra 40 empleados del hospital. Según indicó, la magistrada los convocó a declarar para conocer directamente lo ocurrido durante las protestas.

Lezana cuestionó con dureza la actuación de la conducción del Garrahan y describió la intervención de Pirozzo como una decisión de carácter político. La dirigente planteó críticas por la administración de fondos del hospital, la eventual privatización de áreas, la designación de asesores sin concurso y la difusión de información reservada. También denunció un nuevo sumario en su contra por su rol como representante gremial.


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La dirigente vinculó esos expedientes internos con una estrategia de presión sobre quienes sostuvieron los reclamos. “La protesta es un derecho que tenemos y debemos ejercer los trabajadores, las trabajadoras y quienes tenemos la responsabilidad de representar a nuestros compañeros y compañeras desde los sindicatos”, expresó Lezana. Para APyT, la decisión de Casación confirma que los reclamos gremiales no pueden ser tratados como delitos.

El fallo de la Cámara de Casación se suma a una resolución previa del juez Herman Mendel en la Justicia del Trabajo. Ese antecedente había sostenido que “protestar no es delito” en el marco de los reclamos del personal del Garrahan. Los trabajadores fundamentaron las medidas en denuncias por asfixia salarial, vaciamiento y violencia institucional.


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El conflicto en el hospital tuvo durante 2025 varios frentes abiertos entre la gestión sanitaria nacional y los equipos de salud. Las protestas expresaron reclamos laborales, salariales y de funcionamiento interno del centro pediátrico. Con la resolución de Casación, el eje penal de las denuncias perdió sustento y el debate vuelve a quedar centrado en la disputa gremial e institucional.

La decisión judicial no clausura todos los expedientes abiertos alrededor del conflicto. Los sumarios administrativos y las discusiones internas del hospital continúan en trámite, según lo informado por APyT. El punto definido por Casación es que las medidas de fuerza señaladas en la causa no constituyeron delito.

Fuente: N A

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