
La Cámara Contencioso Administrativo rechazó una cautelar de la central obrera y dejó pendiente el planteo de inconstitucionalidad.

La reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional seguirá vigente mientras la Justicia analiza el planteo de fondo presentado por la CGT. La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó una medida cautelar de la central obrera y confirmó el criterio que ya había dejado sin efecto la suspensión de artículos centrales de la norma.
El fallo representa un nuevo revés judicial para la estrategia sindical contra la Ley de Modernización Laboral 27.802. La CGT buscaba frenar la aplicación de 81 artículos mientras avanzaba el expediente principal. Sin embargo, el tribunal entendió que no estaban dadas las condiciones para suspender la ley de manera provisoria.


La resolución fue firmada por los camaristas Rogelio Vicenti y Jorge Morán. Ambos rechazaron la apelación que la central obrera había presentado contra el fallo de la jueza Macarena Marra Giménez. Esa magistrada había levantado en mayo la cautelar que mantenía frenada parte de la reforma.
El conflicto judicial comenzó en marzo, cuando el juez laboral Raúl Ojeda hizo lugar a un pedido de la CGT y suspendió distintos artículos de la ley. Entre los puntos cuestionados figuraban cambios sobre antigüedad, subcontratación, despidos, vacaciones, período de prueba y banco de horas extra. El Gobierno apeló esa decisión y logró revertir el efecto suspensivo.
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Luego, el expediente pasó al fuero Contencioso Administrativo Federal, donde se consolidó la vigencia de la norma mientras continúa el debate judicial. Para la Cámara, el planteo de la CGT excedía el alcance de una medida cautelar. Los jueces consideraron que resolver esa suspensión implicaría anticipar una decisión sobre el fondo del caso.
La jueza Marra Giménez ya había sostenido un criterio similar. “Dada su complejidad y extensión, el planteo requiere un examen profundo sobre los derechos involucrados, que no puede ser merituado a título cautelar”, expresó en su resolución anterior. Ese argumento fue ahora ratificado por la Cámara.
Los camaristas también remarcaron que la central obrera no logró demostrar un perjuicio inmediato de magnitud suficiente para alterar el curso normal del proceso. Según el fallo, una medida como la solicitada solo corresponde cuando existen indicios serios y graves sobre la ilegitimidad de una norma. En esta etapa preliminar, el tribunal entendió que ese requisito no quedó acreditado.
El pronunciamiento no resuelve todavía si la reforma laboral es constitucional o no. Ese punto seguirá bajo análisis en primera instancia y será definido en una sentencia posterior. La Cámara aclaró que la jueza aún no se pronunció sobre la validez de la ley, sino únicamente sobre la procedencia de la cautelar.
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Para el Gobierno, la decisión sostiene la aplicación de una de sus principales reformas. Para la CGT, en cambio, obliga a continuar la disputa en el plano judicial y político sin una suspensión inmediata de la ley. La central obrera ya prepara movilizaciones y acciones durante agosto, en un contexto de tensión por la situación económica y laboral.
La Cámara también señaló que el juicio colectivo debería tener una definición en plazos breves. Mientras tanto, los trabajadores que consideren afectados sus derechos podrán iniciar reclamos individuales. Así, la reforma laboral continúa en vigencia, pero la discusión constitucional sigue abierta y todavía puede derivar en nuevas instancias judiciales.














