
Funcionarios públicos tendrán hasta el 31 de agosto para presentar sus declaraciones juradas
Política17/07/2026
REDACCIÓNLa Oficina Anticorrupción oficializó la prórroga debido a la extensión del plazo para Ganancias y Bienes Personales, que dejaba solo cuatro días.

La extensión del plazo para la presentación de las declaraciones juradas patrimoniales se originó por la corta ventana de tiempo disponible para los funcionarios. Entre el vencimiento para la presentación de impuestos, el 27 de julio, y la fecha límite original, el 31 de julio, mediaban apenas cuatro días hábiles. Esta situación motivó la modificación del calendario original establecido para los agentes públicos.
En respuesta a este escenario, la Oficina Anticorrupción (OA) postergó la fecha límite que tienen los funcionarios para presentar sus declaraciones anuales. El nuevo plazo fue fijado para el 31 de agosto. La medida aplica a las presentaciones correspondientes al período fiscal 2025.


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El Gobierno nacional emitió un comunicado oficial para explicar los fundamentos de la medida adoptada por el organismo. En el texto, se indicó que «La Oficina Anticorrupción extiende el plazo a fin de brindar a los funcionarios alcanzados por la Ley 25188, un período razonable para cumplimentar la presentación de su Declaración Jurada Patrimonial Integral anual 2025». La comunicación busca dar un marco a la reprogramación.
La decisión está directamente vinculada con la extensión del plazo para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Este vencimiento fue previamente corrido hasta el 27 de julio. Dicha modificación en el calendario fiscal fue el antecedente directo de la prórroga de la OA.
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El trámite de presentación de las declaraciones patrimoniales se realiza a través de un formulario específico. Los funcionarios deben utilizar el formulario F-1245 para cumplimentar su obligación. Este documento es administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Este formulario integra, cuando corresponde, la información proveniente de otras presentaciones fiscales. El F-1245 toma los datos de las declaraciones juradas impositivas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. De esta manera, se centraliza la información patrimonial del declarante.
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Por otra parte, se especificó el procedimiento para aquellos casos en que las declaraciones juradas impositivas no hayan sido cargadas. «En los casos en que dichas presentaciones no se encuentren realizadas, los datos deberán ser completados de manera manual», se aclaró de manera oficial. Esta alternativa contempla todos los escenarios posibles para los declarantes.
La obligación de presentar declaraciones juradas patrimoniales ante el organismo recaudador es una exigencia con respaldo legal. Dicha responsabilidad está estipulada en la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública 25.188. La normativa establece este requisito para los funcionarios comprendidos en su alcance.















