
El Gobierno autorizó el monitoreo de redes sociales de menores ante amenazas de ataques escolares
Actualidad29/07/2026
REDACCIÓNLa medida, publicada en el Boletín Oficial, establece supuestos excepcionales y prohíbe como regla general el tratamiento de datos de niños sin orden judicial.

El personal policial podrá monitorear las publicaciones de menores de edad en redes sociales sin orden judicial cuando existan indicios fundados de riesgo para la vida o la integridad física de otros menores. Esta medida incluye la amenaza, planificación o preparación de actos de violencia masiva en establecimientos educativos u otros espacios públicos, sin importar si el menor es víctima o autor.
Esta modificación al protocolo responde al “incremento de casos de público conocimiento vinculados a amenazas de violencia masiva en establecimientos educativos” difundidas por medios digitales. Según el texto oficial, la normativa vigente resultaba insuficiente para dar una respuesta operativa eficaz ante estas situaciones de urgencia que no admiten demora.


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Además de las amenazas a terceros, la suspensión del monitoreo tampoco corresponderá cuando se advierta un riesgo de vida para el propio menor o indicios de conducta autolesiva o suicida. La autorización se extiende a casos donde el niño se encuentre en situación de desamparo, fugado o sustraído de su entorno, o si fuera presunta víctima de un delito en tiempo real a través del ciberespacio.
Por otra parte, la nueva normativa establece como regla general la prohibición del tratamiento de datos sensibles y publicaciones de niñas, niños y adolescentes sin la correspondiente autorización judicial. El personal interviniente deberá ajustarse a lo normado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y sus modificatorias.
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En ese marco, si durante una tarea de prevención del delito en el ciberespacio surge la certeza o presunción de que se está ante un menor de edad, el procedimiento debe suspenderse. El agente deberá dejar constancia del hecho en el libro de registro y dar aviso a la autoridad responsable de la tarea.
La medida fue oficializada este miércoles a través de la Resolución 725/2026, publicada en el Boletín Oficial por el Ministerio de Seguridad a cargo de Alejandra Monteoliva. El objetivo explicitado es dotar a las fuerzas de seguridad de herramientas operativas adecuadas ante el avance de los ciberdelitos.
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La resolución sustituye un inciso del artículo 3° de una normativa previa del 27 de mayo de 2024. El cambio busca generar mecanismos coordinados y proactivos para la investigación de lo que la cartera definió como “una manifestación delictiva en constante expansión”.
En todos los supuestos excepcionales en los que se continúe con el monitoreo a un menor, el personal actuante deberá dejar constancia detallada en el libro de registro. El documento debe explicar las circunstancias concretas que motivaron la continuidad de la tarea y se deberá comunicar la situación de forma inmediata a la autoridad responsable.















