
Tribunal Constitucional de Perú anuló la condena de 15 años contra el expresidente Ollanta Humala
Actualidad31/07/2026
REDACCIÓNLa Justicia determinó que la imputación por presuntos falsos aportes a sus campañas electorales vulneró el principio de legalidad, por lo que recuperará su libertad.

El Tribunal Constitucional de Perú estableció que los actos de recepción patrimonial vinculados a las campañas electorales de los años 2006 y 2011 no se encontraban previstos como una modalidad típica del delito de lavado de activos. Según el fallo, la imputación contra el expresidente Ollanta Humala por esos hechos desconoce el principio de legalidad penal.
En función de este argumento, el TC resolvió declarar la nulidad de todo el proceso seguido contra el exmandatario. A raíz de esta decisión, Humala, quien cumplía una condena de 15 años de prisión en la cárcel de Barbadillo, podrá recuperar su libertad.


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La demanda de hábeas corpus fue declarada fundada al acreditarse la vulneración de los principios de legalidad y tipicidad, conectados al derecho a la libertad personal. La anulación del proceso beneficia también a su esposa, Nadine Heredia, y a la cúpula de su entonces Partido Nacionalista Peruano.
Por otra parte, el fallo del Tribunal Constitucional ratificó una línea jurisprudencial aplicada previamente en el archivo de un proceso contra la actual mandataria Keiko Fujimori. En esa oportunidad, también se determinó que los aportes irregulares en una campaña electoral no pueden ser tipificados como lavado de activos.
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Los aportes cuestionados al expresidente Humala correspondían a la constructora brasileña Odebrecht. Según los testimonios recogidos por la Fiscalía, también se investigaban fondos provenientes del entonces gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva en Brasil.














