
MINISTRO ANTONENA IMPUTADO POR ABUSO DE AUTORIDAD. ES POR EL PAGO DIFERENCIADO DE SUELDOS
La denuncia fue presentada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chubut...
Política12/03/2020 Actualidad
La denuncia fue presentada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales del Chubut, y fue aceptada por el Ministerio Público Fiscal, al considerar que hay delito en las acciones del Ministro.
Es por el pago diferenciado al personal de la Legislatura, comprendidos en el tercer y cuarto rango del pago escalonado, para posibilitar la apertura de sesiones ordinarias y el discurso del Gobernador Mariano Arcioni.
En los fundamentos aceptados en el marco de la denuncia se lee: "excediéndose en las facultades otorgadas por el decreto 1080/19, el Sr. Ministro de Economía y Crédito Público de la Provincia del Chubut, Licenciado Oscar Abel Antonena, el día 2 de marzo de 2020 mediante Resolución Número 036 EC, sin expresar fundamentos; resuelve: Artículo 1: DETERMINASE el rango de pago de los haberes de los empleados del Poder Legislativo, correspondientes al mes de enero de 2020 conforme el siguiente detalle: Rango 3: desde $ 65000, hasta $150.000 fecha de cancelación 02/03/2020. Rango 4: más de 150.000 fecha de cancelación 02/03/2020ï. Dicha resolución fue refrendada por el Sr. Ministro de Economía y la subsecretaria de Gestión Presupuestaria Cdra. Cárdenas Rita Mabel».
Según entiende la Fiscalía, Antonena habría incurrido en el "ejercicio abusivo de la facultad delegada en cabeza del Ministro de Economía Provincial, en tanto no determina ni modifica los rangos de pago del haber público (por el mismo ministro ya fijados con anterioridad), ni la cuantía de los mismos, sino que se limita a modificar, adelantándola en forma exclusiva, la fecha de pago de los rangos 3 y 4 de los empleados del Poder Legislativo, incluyendo en los hechos a la totalidad de los empleados y funcionarios de dicho poder; en desmedro de los titulares del haber público correspondientes al tercer y cuarto rango de la Administración Pública Central y del Poder Judicial, con excepción de los organismos autárquicos y autofinanciados expresamente excluidos por disposición del mismo decreto 1080/19»:
ABUSO DE AUTORIDAD
Por lo tanto, se indica que «la resolución dictada con abuso de las facultades conferidas, en contra del texto expreso del decreto 1080/19, y sin expresión de fundamentos que la justifiquen, resulta violatoria del principio de igualdad» previsto por la Constitución Provincial. Se sostiene además que en forma indirecta «resultan agraviados la totalidad de los empleados públicos provinciales comprendidos en los rangos 3 y 4», conforme las resoluciones dictadas en el marco de la emergencia económica por el Ministerio de Economía, con excepción de los que integran el Poder Legislativo provincial. Y «califica el hecho constitutivo del delito de abuso de autoridad».




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