
El Gobierno porteño exige una serie de documentos y condiciones para los conductores y sus vehículos, cuya falta puede derivar en multas o retención.



La falta de alguno de los documentos exigidos a los conductores que ingresan a la Ciudad de Buenos Aires en automóvil puede derivar en multas. Dependiendo de la infracción, las autoridades tienen la facultad de aplicar las sanciones previstas por la normativa de tránsito e incluso retener el vehículo.
Los agentes a cargo de los controles vehiculares pueden solicitar la licencia de conducir vigente, la cédula de identificación del vehículo y el comprobante del seguro obligatorio. Estos requerimientos se basan en la Ley Nacional de Tránsito y la normativa porteña.


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El automóvil, por su parte, debe tener las patentes colocadas y en condiciones reglamentarias, además de contar con matafuegos y balizas portátiles normalizadas. La normativa también exige el uso obligatorio del cinturón de seguridad y el correcto funcionamiento de los sistemas correspondientes.
En cuanto a los pasajeros, la regulación establece que los menores de 10 años tienen que viajar en los asientos traseros del vehículo. Los menores de cuatro años, a su vez, deben utilizar un sistema de retención infantil adecuado a su edad y peso.
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Durante un control en CABA también pueden requerir el documento de identidad del conductor y la constancia de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Revisión Técnica Obligatoria (RTO) cuando corresponda. El comprobante del seguro obligatorio, además, puede ser exhibido en formato digital.















