
Explotación de tierras raras: el Congreso debate su concesión legal y los beneficios fiscales
Actualidad09/09/2026
REDACCIÓNLos diputados acordaron clasificar los 17 elementos como sustancias metalíferas de primera categoría, pero la vinculación con el régimen de grandes inversiones dividió las posturas en la comisión.



La incorporación expresa de los minerales de la tabla periódica al primer rango regulatorio del régimen extractivo nacional modifica la titularidad jurídica sobre los yacimientos no descubiertos. Al quedar encuadradas dentro del artículo 3° del Código de Minería, las minas de este grupo pasan a ser dominio del Estado, pudiendo ser explotadas únicamente mediante concesión legal otorgada por la autoridad competente. Esta recategorización otorga a los desarrollos de tierras raras la misma certidumbre sobre el recurso que actualmente rige para metales como el cobre, el litio, el oro o la plata.
La discusión parlamentaria en la Comisión de Minería de la Cámara de Diputados derivó en la emisión de dos dictámenes que difieren en el esquema de promoción económica. El despacho de mayoría, respaldado por 19 firmas sobre la base de la iniciativa de la diputada Silvana Giudici, no solo define la lista de los 15 lantánidos más el escandio y el itrio, sino que además abre la puerta para que las inversiones del sector compitan por las ventajas fiscales, aduaneras y cambiarias del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).


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La postura alternativa plantea un marco de incentivos acotado que prescinde del auxilio financiero del RIGI. El dictamen de minoría, impulsado por el diputado Guillermo Snopek, coincide en darles tratamiento de primera categoría pero exige declararlas de interés nacional estratégico, evitando vincular la ley extractiva con exenciones impositivas o esquemas diferenciales para el giro de divisas.
La diferencia de fondo entre ambos proyectos expone dos visiones contrapuestas sobre el ritmo que requiere el sector para atraer dólares hacia el subsuelo. Mientras que el dictamen mayoritario busca asociar la seguridad jurídica a la atracción acelerada de capitales, la minoría prioriza la tutela soberana del recurso sin fijar beneficios tributarios específicos dentro del texto normativo.
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El sustento técnico vertido durante las reuniones de comisión incluye relevamientos confeccionados por el Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR). Los informes oficiales estiman la existencia de 190.395 toneladas de recursos identificados en el territorio nacional, distribuidos principalmente en mineralizaciones localizadas en Salta, Jujuy, San Luis y el sur de Santiago del Estero, sumadas a indicios detectados en San Juan, Córdoba, Buenos Aires y la plataforma continental.
Las autoridades del organismo técnico aclararon ante los legisladores que los datos corresponden a potencial geológico identificado y no a reservas cubicadas listas para la extracción comercial. La transformación de estas manifestaciones minerales en explotaciones económicamente viables requiere intensificar las etapas de prospección y prospección profunda, un proceso intensivo en capital que demanda años de ejecución antes de la instalación de plantas de separación.
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La carrera por estructurar un marco legal responde a la demanda de insumos críticos para la reconversión tecnológica global. Las tierras raras son minerales metálicos cuyas propiedades magnéticas y eléctricas resultan indispensables para la fabricación de imanes permanentes, componentes de vehículos eléctricos, turbinas eólicas, teléfonos móviles y discos duros. Asimismo, constituyen insumos estratégicos en la industria militar para sistemas de guía de misiles, además de su uso médico en resonadores magnéticos y su aplicación como catalizadores en la refinación de petróleo.
El avance registrado en las comisiones de trabajo no garantiza una pronta llegada del expediente al recinto de la Cámara Baja. Debido a la inclusión del apartado referido a los beneficios fiscales del RIGI, el proyecto de mayoría debe pasar primero por el filtro de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, donde se evaluará el costo fiscal de las exenciones proyectadas.
En el horizonte de la agenda legislativa, la comisión anticipó que las próximas convocatorias estarán orientadas a discutir iniciativas sobre el cierre de minas. Tratar la recomposición ambiental y el cese de operaciones de manera consecutiva busca dotar al sector de un cuerpo normativo integral que abarque desde la atracción de inversiones hasta el fin de la vida útil de los yacimientos.
Fuente: Minería & Desarrollo















