
La Justicia suspendió un decreto y La Pampa recupera el 50% de las regalías de Los Nihuiles
Actualidad17/09/2026
REDACCIÓNUn juez federal suspendió el decreto que otorgaba el 100% de los recursos a Mendoza. La Pampa recupera el 50% de regalías, volviendo al esquema vigente por 50 años.



Durante más de 50 años, La Pampa cobró el 50% de las regalías generadas por el complejo hidroeléctrico Los Nihuiles. Este esquema de reparto en partes iguales con Mendoza fue interrumpido por el Decreto 982/2026, que asignó la totalidad de los recursos a la provincia vecina desde su entrada en vigencia.
En respuesta a un planteo judicial de La Pampa, el juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, ordenó la suspensión inmediata de los artículos 3° y 4° de dicho decreto. La resolución del magistrado se instrumentó a través de una medida cautelar interina que restituye provisionalmente la distribución compartida de los fondos.


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La decisión judicial se basa en un convenio firmado en 1992 entre la Nación, Mendoza y La Pampa, que fue aprobado por las legislaturas de ambas provincias y homologado por la Corte Suprema. La cláusula quinta de ese acuerdo establece las obligaciones de pago de las regalías hidroeléctricas a favor de La Pampa y le otorga mecanismos de contralor sobre la operatividad del complejo.
Este conflicto por las regalías se inscribe en la larga disputa interprovincial por el río Atuel. En 1987, la Corte Suprema reconoció el carácter interjurisdiccional del río y exhortó a las partes a negociar acuerdos, un proceso que derivó en el entendimiento de 1992 que ahora respalda el reclamo pampeano.
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La medida dispuesta por el juez Baric es de carácter provisional y tendrá vigencia hasta que se resuelva la cautelar de fondo solicitada en el expediente. En paralelo, la Corte Suprema intervino en la disputa el pasado 27 de agosto de 2026, cuando ordenó que La Pampa participara de forma obligatoria en la causa iniciada por Mendoza contra el Estado Nacional por este mismo tema.
Por otra parte, el magistrado requirió al Poder Ejecutivo Nacional que presente, en un plazo de tres días desde su notificación, el informe previo que establece la Ley 26.854. La discusión de fondo se centra en si el Estado Nacional puede modificar por decreto un régimen avalado por un convenio tripartito con ratificación judicial.
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El esquema de reparto original tiene su origen en el Decreto 1560/73, que estableció la distribución en partes iguales entre las dos provincias. Posteriormente, la Ley 23.164 de 1984 elevó al 12% el porcentaje nacional de regalías hidroeléctricas, lo que se tradujo en un 6% para cada jurisdicción en el caso de Los Nihuiles.















