La IGJ oficializa el aporte de activos virtuales y simplifica la constitución de sociedades

Actualidad22/09/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El organismo, vía resolución en el Boletín Oficial, reglamentó criptoactivos en capital social y flexibilizó requisitos para crear empresas.

Inspección General de Justicia nacional
Inspección General de Justicia nacional

La Inspección General de Justicia (IGJ) reglamentó el aporte de activos virtuales, como criptoactivos y activos digitales, al capital social de las empresas. La medida forma parte de la Resolución General 11/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, que busca agilizar los trámites corporativos y reducir costos.

Para poder ser aportados, los activos virtuales deberán estar debidamente individualizados y su titularidad previa tendrá que ser acreditada. Además, será requisito que se depositen en una billetera o plataforma de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) que esté registrado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).


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Por otra parte, la normativa introdujo cambios en los aportes dinerarios de montos menores. Para sumas que sean iguales o inferiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), la integración del efectivo se podrá validar mediante una declaración jurada del administrador o de los socios fundadores.

En el caso de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), se estableció que los aportes no dinerarios podrán efectuarse al valor que los socios pacten de forma unánime. Esta valuación también deberá ser respaldada por una declaración jurada.


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La resolución también flexibilizó la definición del objeto social. A partir de ahora, podrá estar integrado por una o más categorías de actividades sin que sea necesario justificar una conexión entre ellas, y para las SAS se ratificó la validez de la fórmula “realizar cualquier actividad lícita”.

Asimismo, la nueva normativa autoriza la constitución de una sede electrónica complementaria a la física y permite la reserva preventiva de hasta tres denominaciones sociales por un plazo de 30 días. También se incentiva la inclusión de cláusulas arbitrales en los estatutos.


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Finalmente, la IGJ dispuso que la presentación del dictamen de precalificación profesional, que antes era obligatoria para constituir sociedades y realizar otros trámites, ahora sea un recaudo optativo. Esta medida busca reducir las barreras formales de acceso al registro.

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