La Justicia procesó a siete iraníes y un libanés por el atentado a la AMIA

Política22/09/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El juez Daniel Rafecas procesó a ocho acusados. La AMIA celebró la medida y la validación del juicio en ausencia, un hito contra 32 años de impunidad.

Atentado a la AMIA
Atentado a la AMIA

El titular del Juzgado Federal N° 6, Daniel Rafecas, dictó el procesamiento de siete ciudadanos iraníes y un libanés por su presunta vinculación con el atentado a la AMIA. Los acusados están relacionados con la estructura estatal de la República Islámica de Irán y con la organización terrorista Hezbollah.

La Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) manifestó su satisfacción ante estos avances judiciales. La organización destacó que las medidas permiten trazar un camino para terminar con la impunidad que durante 32 años ha impedido el juzgamiento de los responsables del ataque del 18 de julio de 1994, que dejó 85 víctimas fatales y más de 300 heridos.


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En un comunicado, la institución calificó los procesamientos y la confirmación de la validez constitucional del Juicio en Ausencia como un hito decisivo. Según la AMIA, estas decisiones son fundamentales para el esclarecimiento del peor ataque terrorista que ha sufrido el país.

La decisión sobre el juicio en ausencia fue adoptada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal. Este tribunal confirmó la aplicación de la Ley 27.784 a la Causa AMIA, respaldando una posición que la mutual ha sostenido ininterrumpidamente en todos los estrados judiciales.


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Además, la AMIA remarcó que la calificación de los hechos como crímenes de lesa humanidad y genocidio revalida judicialmente lo que ha denunciado de forma permanente. Esta perspectiva ha sido un pilar en sus reclamos ante la comunidad nacional e internacional.

La institución también reiteró «su pedido para que el proceso avance con la mayor celeridad posible hacia la instancia de juicio oral y público respecto de los imputados procesados, garantizando la transparencia y rigurosidad que exige un debate de esta trascendencia».


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Por último, el tribunal de Casación ratificó que el derecho a la verdad y el acceso a la justicia son imperativos categóricos. La resolución subraya que la obligación internacional del Estado de investigar y sancionar crímenes de lesa humanidad no puede ser neutralizada por el refugio deliberado de los acusados en el exterior.

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