“RENOVAR” AGILIZARÁ TRÁMITES DEL COOPERATIVISMO Y MUTUALISMO

La nueva normativa permitirá mejorar los procesos administrativos y unificar en un solo cuerpo le...

Actualidad13 de agosto de 2021 Roxana Etcheverry

La nueva normativa permitirá mejorar los procesos administrativos y unificar en un solo cuerpo legal las disposiciones aplicables al sector cooperativo y mutual, que alberga una diversidad de organizaciones y actividades que tienen particularidades y necesidades diferentes y específicas.




El coordinador de la Agencia de Desarrollo Productivo y Social de la Municipalidad de Trelew y presidente de la Federación de Mutuales de Chubut (FAMUCH), Hugo Schvemmer junto al presidente del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), Alexandre Roig y referentes mutualistas de todo el país participó en Buenos Aires de la presentación de la Resolución "Renovar" que tiene como fin facilitar los trámites para la confirmación de las cooperativas y mutuales de todo el país.
La Resolución 1000/2021 "Renovar" propone la tramitación de las entidades cooperativas y mutualistas de manera simple, rápida y digital.

Además, establece la reducción la cantidad de integrantes de 6 a 3 miembros, para propiciar que los trabajadores informales que hoy realizan trabajos de forma asociativa, puedan formalizarse.

Asimismo, se crea un registro en línea para las solicitudes de ingreso a cooperativas y mutuales, de personas interesadas en asociarse a través de internet o por otros medios informáticos, soportes electrónicos o digitales, y se fija una segmentación de las entidades.

Las cooperativas y mutuales registradas en el IAES serán segmentadas para uso interno del organismo a fin de establecer mecanismos de simplificación de trámites y exención de requisitos formales. La segmentación será de forma automática, de acuerdo con la información contable transmitida al Instituto, sin necesidad de realizar un trámite adicional.

Para las cooperativas quedarán categorizadas según el límite de ventas totales anuales. En tanto, las mutuales serán categorizadas según el valor del Patrimonio Neto, quedando exceptuadas de la presente categorización las entidades reconocidas por la Unidad de Información Financiera (UIF) como sujetos obligados a informar, así como las mutuales dirigidas por colectividades y cooperativas cuyo objeto sea la prestación de servicios públicos. En el caso de las entidades nuevas, que no posean un ejercicio económico cerrado serán categorizadas como micro hasta la finalización del primer ejercicio.

   

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