ARGENTINA AVANZA HACIA LA RECETA ELECTRÓNICA OBLIGATORIA

El Gobierno implementará la receta electrónica obligatoria a partir del 1º de julio, con un período de adecuación de 180 días para la aplicación del sistema.

Actualidad24 de junio de 2024REDACCIÓNREDACCIÓN
Medicamentos
Argentina Avanza hacia la Receta Electrónica Obligatoria: Detalles y Preparativos.

A partir del próximo lunes 1º de julio, comenzará en Argentina la transición hacia la implementación obligatoria de la receta electrónica para medicamentos y tratamientos. El Ministerio de Salud de la Nación ha convocado a una reunión con los ministros de Salud de todas las provincias para coordinar los detalles de esta iniciativa, que tendrá un período de adecuación de 180 días.

Coordinación Nacional para la Implementación

Con el fin de asegurar una transición fluida y coordinada, los ministros de Salud de las 24 provincias se reunirán este lunes para discutir la implementación de la ley de Receta Electrónica, reglamentada a través del decreto 345/2024 en abril de este año. La reunión será clave para alinear los esfuerzos de cada jurisdicción y garantizar que todos los sistemas estén preparados para la nueva modalidad.

El Ministerio de Salud ha creado el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), que unificará todas las plataformas digitales existentes. Este registro tiene como objetivo mejorar los procesos de modernización e interoperabilidad entre sistemas, adoptando buenas prácticas definidas por los equipos técnicos y sanitarios. Además, se ha actualizado el registro de profesionales de la salud en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA), facilitando la carga masiva de información para validar a los profesionales que podrán prescribir recetas electrónicas.

Período de Adaptación y Funcionamiento

Durante el período de adaptación, las provincias deberán adherirse a la nueva modalidad de prescripción electrónica, y las plataformas digitales deberán inscribirse en el ReNaPDiS. Una vez completada la inscripción, cada receta electrónica tendrá un código único verificable en todo el país. Además, se mantendrá un sistema alternativo para situaciones de contingencia.

En esta fase inicial, los profesionales que aún no cuenten con recetarios electrónicos podrán seguir utilizando recetas en papel, y estas serán válidas en las farmacias. Esta modalidad de excepción se mantendrá en zonas con dificultades de acceso o conectividad.

Ejes de la Receta Electrónica

1. Identificación de Profesionales: La Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (ReFePS) garantizará que solo los profesionales acreditados puedan emitir prescripciones electrónicas.

2. Registro Nacional de Soluciones Informáticas: Se desarrollará un registro nacional de las soluciones informáticas utilizadas en la gestión sanitaria, asegurando la calidad y seguridad de las plataformas.

3. Diccionario Nacional de Medicamentos: Este diccionario estandarizará la denominación de los medicamentos por su nombre genérico, facilitando su identificación y dispensación.

4. Comunicación y Acceso: Se establecerá un sistema eficiente de comunicación para el acceso a recetas y órdenes electrónicas, incluyendo la declaración de la dispensa de medicamentos y la información sobre productos entregados y sus sustituciones.

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Instructivos y Publicación Oficial

El Ministerio de Salud publicará en su sitio web oficial los instructivos detallados para profesionales y farmacias, facilitando el proceso de adhesión, registración y adecuación al nuevo sistema. Estos recursos estarán disponibles a partir de la publicación de la disposición en el Boletín Oficial en los próximos días.

   

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