CONDENARON A LOS MIEMBROS DE LA LOF LAFKEN MAPU

El juez Federal Hugo Greca, dictó penas en suspenso para los integrantes de la comunidad mapuche, tras ser acusados de usurpar tierras en Villa Mascardi.

Actualidad30 de septiembre de 2024REDACCIÓNREDACCIÓN
Villa Mascardi
Condenan en suspenso a los miembros de la Lof Lafken Winkul Mapu por usurpar tierras en Villa Mascardi.

En un fallo relevante, el juez federal subrogante de Bariloche, Hugo Greca, condenó a varios integrantes de la Lof Lafken Winkul Mapu, quienes fueron acusados de usurpar un predio perteneciente a Parques Nacionales en Villa Mascardi. Las sentencias incluyen penas en suspenso, lo que significa que no deberán cumplirlas en prisión, pero sí respetar ciertas condiciones.

Marta Jaramillo, María Nahuel, Romina Rosas y Ailén Tapia fueron sentenciadas a dos años de prisión en suspenso. Se les impuso la obligación de presentarse regularmente ante el Patronato de Presos y Liberados de Río Negro y de mantener un domicilio fijo.

Jésica Bonnefoi, quien ya tenía una condena previa por agredir a una oficial durante el desalojo de noviembre de 2017, recibió una pena unificada de dos años y dos meses de prisión.

Por otro lado, Johana Colhuan y Gonzalo Coña, involucrados en una segunda usurpación tras el primer desalojo, fueron condenados a dos años y seis meses de prisión. Además, se los acusó de atentado a la autoridad agravado por el uso de armas.

Juicio Villa Mascardi

El juez determinó que el uso de piedras, palos y lanzas para enfrentar a las fuerzas federales fue equiparable al uso de armas convencionales, dada la peligrosidad de estos elementos en el contexto del enfrentamiento.

A pesar de estas condenas, el magistrado Greca desestimó la medida de restricción de acceso al territorio en conflicto solicitada por el fiscal Rafael Vehils Ruíz, quien pretendía limitar el ingreso de los condenados al área de disputa.

El fallo, aunque ya fue dado a conocer, no incluye todos los detalles, que se espera sean divulgados en los próximos días. Sin embargo, la sentencia impone a los condenados la obligación de mantener buena conducta para evitar cumplir sus penas en prisión efectiva.

El conflicto por el predio de Villa Mascardi, ubicado en las inmediaciones del Parque Nacional Nahuel Huapi, ha sido una cuestión de alta tensión entre las fuerzas de seguridad y la comunidad mapuche, quienes reclaman la tierra como parte de su territorio ancestral.

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Este fallo deja en claro que, aunque las penas no sean de cumplimiento efectivo, los condenados deberán respetar las pautas de conducta impuestas por el tribunal. Cualquier incumplimiento podría llevar a la revocación de la pena en suspenso.

La resolución judicial ha generado diversas reacciones, ya que por un lado se reconoce la gravedad de los hechos, mientras que por el otro, se ha cuestionado la efectividad de las penas no privativas de libertad en casos de conflicto territorial.

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El conflicto en Villa Mascardi ha despertado múltiples tensiones sociales y políticas en la región. Mientras tanto, el fallo judicial de hoy marca un nuevo capítulo en la historia de este prolongado enfrentamiento entre las comunidades mapuches y el Estado argentino.

   

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