CONFIRMAN CONDENA A 6 AÑOS Y 8 MESES POR ABUSO SEXUAL

La Cámara Penal rechazó la impugnación presentada por la defensa y ratificó la sentencia dictada por el juez Jorge Criado.

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Fiscalía Comarca Andina
Fiscalía Comarca Andina

La Cámara Penal, integrada por los jueces Martín Zacchino, Carina Estefanía y Hernán Dal Verme, confirmó la condena contra un hombre acusado de abuso sexual.

El imputado había sido condenado el 9 de septiembre de 2024 a 6 años y 8 meses de prisión. La sentencia fue dictada tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.

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El delito ocurrió en abril de 2023 en una localidad de la comarca andina. El tribunal también impuso al condenado el pago de las costas del proceso.

El abogado defensor presentó cuatro agravios en su intento por revertir la condena. Alegó nulidades, errores en las instrucciones al jurado y arbitrariedad en la prueba.

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Los camaristas desestimaron la nulidad por defectos en la constitución del jurado popular. Señalaron que la defensa había consentido el procedimiento y no planteó objeciones oportunas.

Respecto a las instrucciones al jurado, la jueza Carina Estefanía indicó que no hubo protestas formales. "La defensa no acreditó cómo las supuestas falencias afectaron el resultado del juicio," aseguró.

El juez Hernán Dal Verme respaldó esta postura. Afirmó que el juez técnico cumplió con la normativa y explicó claramente los principios legales.

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Martín Zacchino destacó que las instrucciones se compartieron por escrito antes del juicio. Ninguna de las partes objetó el método ni el contenido de las instrucciones.

Sobre la supuesta arbitrariedad del veredicto, los jueces concluyeron que la evidencia respaldaba el relato de la víctima. "La prueba médica, psicológica y testimonial fue contundente," remarcaron.

El tribunal también rechazó la impugnación al monto de la pena. Consideraron que la sanción impuesta era adecuada a la gravedad del delito.

El fallo refuerza el criterio de que las garantías procesales deben respetarse en tiempo y forma. El tribunal destacó la importancia de la coherencia probatoria en casos de abuso sexual.

   

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