El Gobierno impone nuevas reglas para las huelgas y suma más sectores a servicios esenciales

Política21/05/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Habitación de hospital vacia Imagen generada por AI
Habitación de hospital vacia Imagen generada por AI

En una decisión que modifica el escenario del conflicto laboral en Argentina, el Gobierno nacional amplió por decreto las actividades consideradas “servicios esenciales” y redujo el margen legal para el ejercicio del derecho a huelga. A partir de ahora, las medidas de fuerza en sectores clave deberán garantizar hasta un 75% de cobertura operativa obligatoria, según la actividad.

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial bajo el número 340/2025 y forma parte de un paquete normativo más amplio, que incluyó también la desregulación del transporte marítimo. El texto establece nuevas restricciones a los sindicatos en caso de huelgas y refuerza los servicios mínimos exigidos, incluso en áreas que antes no estaban alcanzadas por esa condición.


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Entre los sectores afectados se encuentran la educación inicial, primaria y secundaria, la aeronáutica comercial, los servicios de internet, las comunicaciones satelitales, la distribución de medicamentos, y el transporte marítimo de personas y mercancías. La norma también incorpora a la lista de actividades “de importancia trascendental” a industrias como la alimenticia, la química, la logística y la producción de bienes para exportación.

Según establece el nuevo régimen, en las actividades declaradas esenciales no podrá reducirse el funcionamiento por debajo del 75% durante un conflicto. Para las que se encuadren como trascendentales, el umbral será del 50%. Este encuadre excluye toda posibilidad de negociación al respecto.

Para los gremios, la medida representa una amenaza directa a la autonomía sindical y una modificación sustancial del espíritu de la legislación laboral vigente. El argumento del Ejecutivo es diferente: según fuentes oficiales, el objetivo es garantizar “continuidad, seguridad y previsibilidad en los servicios críticos” del país.


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Diversos referentes gremiales y organismos de derechos laborales expresaron su preocupación por el alcance del decreto. El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) sostuvo que se trata de una “estrategia restrictiva del conflicto laboral, que ignora principios internacionales firmados por el Estado argentino”.

También se alertó sobre el riesgo de criminalizar paros legítimos en sectores sensibles. “No se trata solo de educación o salud, están incluyendo logística, producción de alimentos y hasta comercio electrónico. Es un cerco legal a la protesta”, advirtieron.


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Más allá de la normativa puntual, el decreto 340 representa un giro en la visión estatal sobre el conflicto gremial. Se deja atrás la lógica de conciliación obligatoria como herramienta inicial y se avanza en establecer porcentajes de funcionamiento que limitan de facto la fuerza de la huelga como herramienta de presión.

La administración nacional sostiene que la medida es parte de una modernización del régimen laboral, en línea con lo que considera “una necesidad de orden y previsibilidad”. Sin embargo, sectores opositores anticipan posibles demandas judiciales y advertencias ante organismos internacionales.


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Servicios esenciales ampliados

➡️Servicios sanitarios, hospitalarios y farmacéuticos.
➡️Producción y distribución de agua potable, gas, combustibles y energía eléctrica.
➡️Telecomunicaciones, internet y comunicaciones satelitales.
➡️Transporte aéreo comercial, control de tráfico aéreo y portuario.
➡️Educación en niveles inicial, primario, secundario y especial.
➡️Servicios migratorios, aduaneros y actividades vinculadas al comercio exterior.
➡️Transporte marítimo y fluvial de personas, cargas y servicios costa afuera.
➡️Actividades de importancia trascendental

El decreto también fija que otras actividades —aunque no esenciales— deberán funcionar al menos al 50% en situaciones de conflicto. Entre ellas se encuentran:

➡️Producción de medicamentos y alimentos.
➡️Transporte terrestre y subterráneo de personas y mercancías.
➡️Servicios de radio y televisión.
➡️Industrias continuas como la siderurgia, aluminio, química y cementera.
➡️Producción y distribución de materiales para la construcción.
➡️Servicios logísticos, mineros, frigoríficos y correos.
➡️Actividades bancarias, financieras, hoteleras, gastronómicas y comercio electrónico.
➡️Producción destinada a exportación.

Fuente: Boletín Oficial, Clarín, Tn, Infobae, La Nación

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