

El INV fijó nuevos grados mínimos de alcohol para vinos de Mendoza y San Juan
Actualidad22/05/2025

El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) determinó los grados alcohólicos reales mínimos que deberán cumplir los vinos de la cosecha 2025 y aquellos remanentes que se liberen al mercado interno desde el 1° de junio. La medida se oficializó a través de la Resolución RESOL-2025-14-APN-INV#MEC.


La norma diferencia los valores según tipo de vino y provincia de origen. Mendoza y San Juan son las dos regiones alcanzadas por esta disposición, que busca ordenar el proceso de liberación comercial y asegurar estándares de calidad en el mercado interno.
Para Mendoza, el grado alcohólico mínimo será de 12,5 % v/v en vinos blancos, 12,6 % v/v en tintos y 12,7 % v/v en rosados. San Juan tendrá los mismos valores en tintos y rosados, pero eleva el mínimo para blancos a 12,7 % v/v.
Según el INV, “la determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales es una norma técnica que permite ordenar y coadyuvar las tareas de fiscalización”. Esto se basa en análisis previos y controles sobre la materia prima procesada.
La vendimia ya finalizó, y el ingreso de uva a bodegas fue prácticamente nulo. Esta situación permitió establecer los valores mínimos con certeza, a partir del trabajo de los inspectores del organismo durante los meses de cosecha y elaboración.
La medida afecta tanto a vinos nuevos como a remanentes anteriores. Aquellos vinos que no cumplan con los nuevos grados mínimos, quedarán excluidos de circulación si no obtienen un nuevo análisis de libre circulación dentro de los 30 días.
La resolución exceptúa a los vinos varietales, que podrán liberarse con otros grados alcohólicos, siempre que cumplan con las condiciones establecidas en la Resolución RESOL-2024-57-APN-INV#MEC y presenten la documentación correspondiente.
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Los bodegueros que elaboren varietales deberán presentar los antecedentes de elaboración para sostener su condición diferenciada. Esta excepción reconoce la especificidad técnica y comercial de ese tipo de vinos, que tienen parámetros propios.
El INV también habilitó a las bodegas a solicitar con anticipación los Análisis de Libre Circulación. Esto permitirá acondicionar y fraccionar productos antes del 1° de junio, mejorando la eficiencia de logística y planificación interna.
Con esta resolución, los vinos 2024 y anteriores deberán ajustarse a los nuevos valores si quieren mantenerse en circulación. De lo contrario, sus análisis actuales caducarán en 30 días, salvo que se trate de varietales correctamente registrados.
La iniciativa busca ordenar el mercado vitivinícola argentino. Al establecer un umbral técnico obligatorio, el INV garantiza la calidad del producto final y facilita los controles en etapas posteriores.
El organismo evitó disposiciones punitivas o sancionatorias. La norma se enfoca en la planificación anticipada y en el acompañamiento al sector. No impone castigos, pero exige cumplimiento de parámetros técnicos.
La industria vitivinícola saludó la decisión como una herramienta de previsibilidad. Los valores fijados no alteran las prácticas tradicionales, pero sí colaboran con el orden administrativo y sanitario del sistema.
Tanto Mendoza como San Juan concentran el grueso de la producción nacional. La norma busca garantizar una transición ordenada entre cosechas y evitar distorsiones por acumulación de stock sin control.
La medida no afecta a vinos con destino de exportación. La normativa aplica exclusivamente al mercado interno, donde el INV tiene competencia plena en materia de análisis y circulación.
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Los establecimientos ya comenzaron tareas de verificación interna. El objetivo es garantizar el cumplimiento del nuevo parámetro antes del 1° de junio, y evitar demoras en la salida comercial de los productos.
Los análisis de laboratorio se reforzarán en estas semanas. Las bodegas deberán presentar certificaciones que acrediten el grado alcohólico correspondiente, como parte del nuevo proceso técnico obligatorio.
La nueva resolución otorga claridad para planificar la campaña de invierno. El fraccionamiento, etiquetado y distribución ya pueden organizarse sin riesgo de incumplimiento normativo.
El INV aseguró que no habrá prórrogas. Los valores definidos entrarán en vigencia en la fecha indicada, sin excepciones generales, más allá de lo previsto para los varietales.
Las bodegas pequeñas deberán adaptar sus procesos a tiempo. El organismo sugiere asesoramiento temprano para evitar bloqueos o demoras en la liberación de stock.
El sector confía en un impacto positivo de la norma. La mayoría de los vinos de cosechas recientes superan naturalmente los nuevos mínimos definidos por el INV.
La medida también busca reducir vinos de baja calidad. Productos con baja graduación alcohólica no podrán circular salvo casos justificados, como los varietales con certificación especial.
La fiscalización se incrementará en los próximos meses. Los inspectores del INV verificarán etiquetas, análisis y documentación técnica, para confirmar el cumplimiento.
El consumidor encontrará productos más regulados y uniformes. Los nuevos parámetros aseguran una calidad mínima estándar en góndolas y vinotecas.
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La resolución refuerza el sistema de control preventivo. Evita la comercialización de vinos que no alcanzan los estándares requeridos, sin necesidad de medidas judiciales o sanciones posteriores.
La cosecha 2025 será la primera en aplicar estos valores desde el inicio. La industria deberá ajustarse plenamente a esta nueva referencia técnica.
El INV ratifica su compromiso con la calidad, la trazabilidad y la transparencia. La resolución vigente marca una etapa de mayor orden y previsibilidad para la vitivinicultura argentina.











