Condenan a “La Mona” Jiménez a pagar más de 92 millones por daño moral y filiación no reconocida

Actualidad12/06/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
La Mona Jiménez y Natália Jiménez Rufino
La Mona Jiménez y Natália Jiménez Rufino

Un fallo judicial determinó que Carlos “La Mona” Jiménez deberá abonar $92.213.040 a Natalia Jiménez Rufino, quien lo demandó por filiación tras años de lucha legal y emocional. La resolución reconoce a Natalia como hija del popular cantante de cuarteto y establece indemnizaciones por daño moral y por la “pérdida de chance” patrimonial que implicó haber sido excluida de su entorno familiar y económico.

Según la sentencia, el tribunal ordenó al músico cordobés el pago de $40.314.000 por daño moral y $51.899.040 por pérdida de chance, argumentando que “La Mona” se negó sistemáticamente a establecer un vínculo con su hija, a pesar de tener conocimiento del embarazo desde su inicio.


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Aunque el fallo aún puede ser apelado por la defensa del artista, los abogados de Natalia consideran improbable un cambio en el veredicto, lo que la convertiría, eventualmente, en heredera legal del patrimonio del cantante, con eventuales repercusiones en el manejo de sus bienes y derechos futuros.

El origen de esta disputa se remonta a 2015, cuando Natalia decidió iniciar acciones legales tras conocer, de parte de su abuela, que era hija de Jiménez. Aunque en su infancia recibió algunas cuotas alimentarias, nunca fue reconocida legalmente ni tuvo un vínculo personal con él. Ese mismo año, se realizó un análisis de ADN cuyo resultado fue positivo, dando paso al extenso proceso judicial que hoy se inclina a su favor.

Natalia también denunció que en una oportunidad le ofrecieron el reconocimiento legal a cambio de renunciar a todos sus derechos, entre ellos los económicos. “Cuando pregunté cuáles eran, me dijeron ‘la plata, bol...’”, relató, agregando que se negó rotundamente a esa propuesta por considerarla injusta y denigrante.


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Este caso no solo impacta a nivel mediático por la figura involucrada, sino que también podría sentar un precedente clave en futuras causas de filiación relacionadas con personajes públicos, al reconocer no solo la paternidad biológica sino también las implicancias emocionales y económicas del abandono.

El fallo visibiliza la necesidad de reparar daños que van más allá del reconocimiento legal, y pone sobre la mesa la responsabilidad afectiva de los progenitores, incluso cuando existen vínculos notorios de poder o fama.

Fuente: Infobae

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