
ANSES cambia la pensión por viudez y excluye a quienes no aportaron 30 años
Política08/08/2025
REDACCIÓN
A partir de agosto, la ANSES modificó las condiciones para acceder a la pensión por viudez, y muchas personas quedarán fuera del beneficio. La medida se relaciona con la suspensión de la moratoria previsional y alcanza a quienes no hayan cumplido con los 30 años de aportes exigidos por el sistema previsional tradicional.


La nueva norma solo reconoce el derecho a pensión por viudez a quienes estén jubilados bajo el régimen del SIPA y cumplan con los requisitos completos. Esta modificación deja sin cobertura a quienes perciban la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), dado que esta prestación no contempla el traspaso del beneficio en caso de fallecimiento.
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La moratoria permitía que miles de personas accedieran a una jubilación sin alcanzar los 30 años de aportes. Ese mecanismo generaba que el cónyuge o conviviente pudiera heredar la prestación en caso de fallecimiento del titular. La nueva decisión del organismo previsional eliminó esa posibilidad para los futuros beneficiarios.
A partir de ahora, las personas que no reúnan los aportes suficientes solo podrán solicitar la PUAM. Esta prestación representa el 80% del haber mínimo, no incluye aguinaldo y “no genera pensión por fallecimiento para la pareja del beneficiario”, según informó ANSES. Esta exclusión afecta particularmente a adultos mayores en situación de informalidad laboral previa.
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Sí podrán acceder a la pensión por viudez los cónyuges e integrantes de uniones convivenciales que acrediten el vínculo. En el caso de los matrimonios, se deberá presentar una partida de casamiento actualizada posterior al fallecimiento. Para las convivencias, el requisito es demostrar al menos cinco años de convivencia o dos años si hay hijos en común.
También se mantiene el derecho para hijos menores de 18 años que no perciban otra prestación. En los casos de personas con discapacidad, la pensión no tiene límite de edad. El beneficio es compatible con el régimen del SIPA, siempre que se acredite la relación con el jubilado fallecido.
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La PUAM se dirige a personas mayores de 65 años que no accedan a ninguna jubilación ni pensión. Para solicitarla, deben cumplir con los años de residencia requeridos: diez años para argentinos y veinte para extranjeros, con residencia permanente. Esta opción no garantiza ingresos plenos ni cobertura para sus parejas.








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