
Un juez federal ordenó restituir las pensiones por discapacidad y frenar nuevas suspensiones
Actualidad15/09/2025
REDACCIÓN
El juez federal N.º 2 de Catamarca, Guillermo Díaz Martínez, hizo lugar a una cautelar y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restituir todas las pensiones por discapacidad suspendidas en la provincia. La medida incluye el pago de los montos retenidos y la prohibición de continuar auditorías o disponer nuevas suspensiones.


El fallo se dictó en el marco de un amparo presentado por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APYFADIM), que actúa con patrocinio de la Defensoría del Pueblo, a cargo de Dalmacio Mera. “Son derechos de indudable naturaleza colectiva e individual afectados por una norma inconstitucional y por una ejecución irregular”, sostuvo el magistrado en su resolución.
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Según se precisó, la restitución debe efectivizarse dentro de las 24 horas contadas desde la notificación judicial, junto con el pago de la totalidad de los haberes que quedaron pendientes por las suspensiones aplicadas.
La presentación, firmada por la presidenta de APYFADIM, Griselda Bazán, y por seis titulares de pensiones afectados, se dirigió contra el Estado Nacional y la ANDIS. El escrito reclama la nulidad de cada suspensión, la adecuación del procedimiento de auditorías y la inconstitucionalidad del Decreto 843/2024.
El expediente cuenta con dictamen favorable del fiscal federal Santos Reynoso, emitido la semana pasada, que avaló la procedencia del amparo promovido el viernes 5 de septiembre. Con ese respaldo, el juez avanzó sobre medidas urgentes para resguardar la continuidad del beneficio.
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En su fundamento, el tribunal remarcó el carácter alimentario de las pensiones y el impacto inmediato que provoca su interrupción en personas con altos niveles de vulnerabilidad. La orden también alcanza a futuros casos, al disponer que la ANDIS se abstenga de iniciar nuevas suspensiones mientras rija la cautelar.
La resolución se dicta en medio de las controversias nacionales por las bajas y auditorías aplicadas por la agencia, y abre un antecedente relevante en el interior del país al poner límites a prácticas administrativas que, según el fallo, no respetaron las garantías constitucionales.
Fuente: N A




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