ASISTENCIA FINANCIERA PARA VIVIENDAS AFECTADAS POR INCENDIOS

Los beneficiarios podrán acceder a montos de hasta 2,8 millones de pesos para construcción de viv...

Actualidad 30 de marzo de 2021 Roxana Etcheverry

Los beneficiarios podrán acceder a montos de hasta 2,8 millones de pesos para construcción de viviendas nuevas, y 1,5 para reparar viviendas afectadas por los incendios. La tasa de interés será del cero por ciento y habrá un año de gracia para comenzar a pagar las cuotas.




El gobernador del Chubut, Mariano Arcioni, instrumentó el Programa de Reconstrucción y Asistencia Financiera destinado a la construcción y reparación de viviendas, afectadas por los incendios en la zona cordillerana.

El mismo se implementará a través del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU), y contempla que los solicitantes podrán acceder a líneas de crédito con esos fines, a tasa cero y con un año de gracia. El decreto mediante el cual se crea este Programa se vincula al N° 127, a través del cual se declaró el “Estado de Desastre Ígneo” en el área cordillerana de Chubut.

Se implementa una línea de asistencia financiera individual a las personas que resultaron damnificadas. Los mismos podrán acceder a montos de hasta 2,8 millones de pesos, para la ejecución de viviendas nuevas, a tasa cero y un año de gracia. Se prevé que la superficie total de las viviendas terminadas será de 44 metros cuadrados.

Para el caso de las reparaciones de viviendas, en las mismas condiciones de tasa y plazo anterior, el monto al que podrán acceder los solicitantes es hasta 1,5 millones de pesos.

Requisitos


El programa de asistencia financiera se implementará a través del IPVyDU y se establece como requisitos de acceso condicionante que el inmueble a intervenir se encuentre regularizado a favor del grupo familiar damnificado.

Se tendrá como medio para certificar ello: escritura pública de dominio; adjudicación fiscal; boleto de compraventa con firmas certificadas y cualquier otro instrumento que acredite posesión legítima.

 

   

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