El acuerdo con Estados Unidos por datos personales abre dudas sobre privacidad digital en Argentina

Actualidad17/11/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Privacidad digital foto freepik
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El anuncio del Gobierno de los Estados Unidos sobre un acuerdo comercial con Argentina sumó un punto que encendió alarmas en el ámbito del derecho digital. El apartado referido a la “transferencia transfronteriza de datos personales” instaló interrogantes sobre cómo circulará la información de las y los ciudadanos cuando salga del país, en un contexto donde aún no se conocen los detalles técnicos del entendimiento.

Aunque el documento difundido hasta ahora es una declaración de intención, lo firmado menciona el compromiso argentino de reconocer a Estados Unidos como una “jurisdicción adecuada” para recibir datos personales, lo que permitiría mover bases de usuarios, operaciones y registros sin medidas adicionales. Para empresas tecnológicas y servicios que dependen de infraestructura digital externa, esto podría simplificar procesos; sin embargo, abre interrogantes sobre la protección efectiva de quienes utilizan esas plataformas.


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Uno de los elementos que más atención recibió es la diferencia entre ambos sistemas normativos. Argentina tiene una ley nacional de protección de datos desde hace más de dos décadas, mientras que Estados Unidos no cuenta con una regulación federal que establezca estándares homogéneos, lo que deja la seguridad de la información a merced de normas distintas según cada estado. En ese escenario, un mismo conjunto de datos puede quedar protegido en California y prácticamente sin resguardo en otra jurisdicción.

Especialistas consultados por distintos medios subrayaron que la ausencia de reglas federales en Estados Unidos genera un punto de tensión, porque permite un uso más amplio de la información personal, lo que incluye historiales de navegación, perfiles digitales construidos por algoritmos y registros biométricos. Ese universo, que combina datos directos y datos inferidos, es la base sobre la que operan las grandes plataformas globales.


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La discusión también toca un aspecto estratégico: quién controla la información que viaja fuera del país y bajo qué límites, un punto que en los últimos años ganó peso en el debate internacional. La referencia al caso Snowden volvió a aparecer entre expertos, porque mostró cómo agencias de inteligencia estadounidenses utilizaron infraestructura digital para recolectar datos en todo el mundo sin supervisión judicial efectiva.

En ese marco, distintos referentes en derecho informático remarcaron que el acuerdo se inscribe en un escenario asimétrico. Argentina asumiría un reconocimiento que elimina barreras regulatorias, mientras que Estados Unidos mantiene un sistema fragmentado, sostenido en leyes estatales con niveles muy dispares de exigencia. La discusión sobre soberanía digital, coincidieron, aparece como un eje central.


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Otro punto mencionado por especialistas es el procedimiento interno necesario para formalizar este tipo de decisiones. La Agencia de Acceso a la Información Pública debería intervenir para validar la adecuación, aunque fuentes consultadas por medios nacionales advirtieron que la presión política podría acelerar ese paso sin un debate técnico profundo.

Mientras tanto, no hubo definiciones oficiales de la AAIP ni de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, que hasta ahora evitaron pronunciarse, y tampoco hubo respuestas desde la Embajada de Estados Unidos. El acuerdo aún requiere que se conozca su contenido final, lo que determinará el alcance real sobre ciudadanos, empresas y organismos públicos.


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El panorama deja una certeza parcial: la transferencia internacional de datos será un tema central en la agenda digital argentina, con impactos que alcanzan desde la privacidad individual hasta la posición del país en el tablero global de información y tecnología.

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