ANMAT retiró del mercado dos jabones líquidos por falta de habilitación de sus fabricantes

Actualidad28/11/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Jabón líquido imagen ilustrativa fuente Freepik
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica informó la prohibición inmediata del uso, venta y distribución de dos jabones líquidos para manos tras confirmar que los productos no contaban con registros válidos ni con establecimientos habilitados para su elaboración. Las medidas quedaron plasmadas en las disposiciones 8780/2025 y 8789/2025, publicadas en el Boletín Oficial con la firma de la responsable del organismo, Nélida Agustina Bisio.

El primer producto observado fue el “Jabón líquido KEEPER – Fabricado por Keperchem SRL”, comercializado en bidones de cinco litros y en variantes aromáticas como manzana verde y neutro. La consulta en la base de cosméticos inscriptos no arrojó coincidencias con los datos del rotulado, lo que motivó una verificación presencial en el domicilio declarado en Villa Martelli. La inspección confirmó que allí no funcionaba ningún laboratorio cosmético, y que la habilitación anterior para ese establecimiento había sido dada de baja en 2023.


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Con ese escenario, la ANMAT dispuso la prohibición del uso y comercialización del producto en todas sus presentaciones, sin excepción. La medida alcanza a cada lote y vencimiento, hasta que la situación administrativa de la empresa se encuentre regularizada de acuerdo con las normas vigentes.

El segundo caso corresponde al producto “Jabón líquido para manos – Tocador – Swell”, elaborado por Grupo Jac S.A., cuya situación quedó expuesta durante una inspección de buenas prácticas de fabricación. Los verificadores constataron que la empresa no contaba con habilitación para elaborar cosméticos, y que, al consultar la base de datos oficial, no aparecían registros que coincidieran con los datos presentes en el rotulado.


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Los controles realizados revelaron además rótulos con información que no correspondía a autorizaciones vigentes, lo que llevó a ordenar la prohibición con el fin de evitar riesgos para consumidores que pudieran utilizar un producto sin trazabilidad validada. La medida abarca todas sus versiones, lotes y fechas de vencimiento, según detalla la disposición publicada este viernes.

Las resoluciones también incluyen la notificación a autoridades sanitarias de todas las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, y la instrucción de informar a áreas internas del organismo que actúan en procesos de fiscalización y seguimiento. El objetivo central es evitar que estos productos continúen en circulación mientras persistan las irregularidades detectadas, una preocupación recurrente en los informes oficiales del organismo.


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En el mismo paquete de decisiones, la ANMAT informó la prohibición de uso y comercialización de productos médicos identificados como “igb central de esterilización – MEDICAL ELEMENT” y una “Bomba de infusión Plum A+ (serie 18304147)”, lo que refleja un refuerzo en los controles sobre insumos sanitarios y equipamiento.

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