Entra en vigencia una ley que sanciona a padres ante casos de acoso escolar reiterado

Política18/12/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Acoso escolar
Acoso escolar

Desde esta semana rige en Mendoza una ley provincial que incorpora sanciones para los padres de estudiantes que incurran en acoso escolar, cuando no adopten medidas luego de ser notificados por la institución educativa. La norma comenzó a aplicarse tras su publicación en el Boletín Oficial y modifica el Código de Contravenciones provincial.

La ley 8.682 fue aprobada el 19 de noviembre por la Legislatura mendocina y quedó incorporada al apartado de faltas vinculadas con la moralidad, la solidaridad y la educación. El texto introduce un nuevo artículo que fija responsabilidades concretas para adultos a cargo de niños y adolescentes.


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Según establece el artículo 100 bis, “los padres, tutores o responsables legales de un niño o adolescente podrán ser sancionados” si, tras la notificación escolar por conductas de acoso, no cumplen con acciones para evitar la reiteración o reparar el daño ocasionado. La norma apunta a los adultos responsables, no a los estudiantes.

Desde el Ministerio de Educación de Mendoza explicaron que el esquema prioriza una instancia previa de diálogo, con reuniones entre las familias del estudiante agredido y del agresor. Solo cuando ese abordaje no logra resultados, se habilita la vía contravencional prevista en la ley.


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El ministro Tadeo García Zalazar sostuvo que muchas veces las escuelas no logran compromiso familiar en estos casos y afirmó: “Al ser una contravención, tendrán obligatoriedad en el cumplimiento del compromiso parental”. La medida busca reforzar la corresponsabilidad entre escuela y familia.

La norma define como falta la omisión del deber de cuidado y vigilancia, cuando un menor a cargo comete actos de acoso que generan daño físico, psicológico o emocional en el ámbito educativo o social. Esa conducta queda alcanzada por sanciones económicas o comunitarias.


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Las multas previstas oscilan entre 750 mil y 1.500.000 pesos, según la gravedad del caso. Además, el juez interviniente puede ordenar tareas educativas o comunitarias por hasta 30 días para los adultos sancionados. En situaciones de reincidencia, la ley habilita un endurecimiento de las medidas, con la posibilidad de duplicar la multa o el trabajo comunitario. También contempla la asistencia obligatoria a talleres de parentalidad o terapia familiar.

El impulso final de la reforma legislativa se dio tras un episodio ocurrido en septiembre en el municipio de La Paz, cuando una estudiante llevó un arma de su padre al colegio en un contexto vinculado a situaciones de acoso. Ese hecho aceleró la decisión de avanzar con un esquema sancionatorio para las familias.


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La iniciativa generó cuestionamientos en el ámbito educativo. El especialista Alejandro Castro Santander, referente en convivencia escolar, sostuvo: “No debería castigarse a los padres, sino convertirlos en aliados activos”, y advirtió que una respuesta exclusivamente punitiva “amplía más el conflicto” si no se acompaña con estrategias preventivas y colaborativas.

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