
Reorganizan el control de la faena y eliminan registros físicos vigentes desde 1981
Actualidad27/01/2026
REDACCIÓN
La resolución unifica normas, suma trazabilidad electrónica en planta y cambia rutinas diarias de registro para frigoríficos y mataderos de todo el país.


El Gobierno nacional dispuso una reorganización integral del control de la faena con la creación del Sistema Integral de Faena (SIF), una plataforma que unifica y digitaliza registros que hasta ahora convivían en múltiples normas. La decisión quedó formalizada mediante la resolución 40, firmada por Luis Caputo, y redefine procedimientos que los establecimientos aplican a diario.
El nuevo esquema elimina el libro físico de Existencias de Hacienda y Carnes, exigido desde 1981, y lo reemplaza por registros electrónicos que concentran ingreso de hacienda, autorizaciones, resultados de faena y existencias diarias de carne en cámaras. La medida también deroga nueve normativas previas y ordena un marco único para bovinos, bubalinos, porcinos, equinos, ovinos y caprinos.
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La resolución establece con precisión el funcionamiento del sistema: “Créase el Sistema Integral de Faena, en adelante SIF, a través del cual, los titulares de establecimientos faenadores registrarán la hacienda con destino a faena y cuya interfaz será provista por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía”, indica el artículo 1. Además, aclara que el SIF continúa al sistema creado en 2015 y que los documentos generados entonces conservan su validez.
En la operatoria diaria, cada tropa deberá contar con una Autorización de Faena emitida por el SIF y suscripta por el Servicio de Inspección Veterinaria antes de ingresar a la línea. El artículo 8 detalla que el sistema emite un comprobante con el listado de tropas autorizadas, que debe imprimirse y archivarse por un año, manteniendo un respaldo físico puntual dentro de un esquema mayormente digital.
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La norma refuerza la trazabilidad individual para animales con identificación electrónica. En particular, el artículo 11, inciso d, dispone que los establecimientos deben leer y vincular el número de chip en la línea de faena para bovinos, bubalinos y cérvidos alcanzados, con fecha de implementación a informar. También exige corrales numerados y evita la mezcla de tropas.
En cuanto al registro de producción, la resolución obliga a asentar digitalmente el ingreso de la hacienda, la autorización, el resultado de faena y el detalle de existencias diarias en cámaras, ya sea en reses, medias reses, cuartos u otras piezas. El artículo 24 precisa que las reses se numerarán correlativamente cada jornada, partiendo del número uno, con identificación visible en las partes indicadas.
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Entre los cambios operativos, se flexibiliza la marcación: ya no será necesario identificar el número correlativo en dos puntos del animal y se elimina la obligatoriedad del uso de sellos, habilitando lazos, etiquetas u otros medios autorizados por Senasa. Toda la información cargada en el SIF tiene carácter de declaración jurada, y el incumplimiento puede derivar en suspensión preventiva y bloqueo de DT-e, según la propia resolución.
Fuente: LA NACION.















