Un cura realizó un casamiento trans en Corrientes, pero luego Iglesia lo anuló

Actualidad18/02/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La boda religiosa se celebró el 28 de enero en Nuestra Señora de Pompeya y desató un cruce interno. El Arzobispado la declaró sin validez y abrió un oficio por posibles sanciones al sacerdote.

Casamiento trans en Corrientes
Casamiento trans en Corrientes

La ceremonia ocurrió en Corrientes, en la iglesia Nuestra Señora de Pompeya, y el impacto se sintió mucho más allá del barrio. Una pareja trans, Solange Agustina Ayala (33) e Isaías Díaz Núñez (26), se casó por Iglesia y la difusión de las imágenes encendió una controversia que se trasladó de inmediato al plano institucional. El Arzobispado abrió un proceso y dejó en claro que, para la estructura eclesiástica, ese matrimonio no queda reconocido como sacramento válido.

El enlace se realizó el 28 de enero y lo celebró el fray Fernando Luis Gómez, según el texto fuente. La pareja, que mantiene una relación de cinco años, tramitó el cambio de nombre y género en sus documentos con base en la Ley de Identidad de Género. A partir de esa realidad registral, el caso se movió en una tensión central: la lectura pastoral del cura frente a las exigencias canónicas que invocó el Arzobispado.


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Cuando las primeras fotos circularon, el sacerdote difundió un comunicado breve para sostener su proceder. En esa nota afirmó que siguió la “orientación pastoral y norma eclesial del ordinario”. También argumentó que el sacramento no se reduce a una formalidad social, y que exige condiciones específicas para su validez.

En su explicación pública, Gómez detalló cuáles considera esos requisitos. Sostuvo que “el matrimonio cristiano, en cuanto sacramento, requiere condiciones canónicas esenciales de validez y licitud” y que “no se trata sólo de una ceremonia o de documentación”. En esa misma línea, agregó que “se exige que los contrayentes sean hábiles para contraer, que no exista impedimento canónico y; de modo decisivo, que presten un consentimiento verdadero”, con la intención explícita de encuadrar la boda dentro de la definición eclesial de matrimonio.


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El comunicado del fray incluyó, además, una referencia a la vida comunitaria. Señaló su compromiso “con una acogida pastoral auténtica, siempre unida a la verdad del sacramento”, pero anticipó cambios internos para evitar nuevos conflictos. En concreto, indicó que “se reforzarán los procedimientos de entrevista, preparación y verificación para resguardar la santidad de los sacramentos y evitar confusión en la comunidad”.

Del otro lado, el Arzobispado difundió su propia respuesta institucional y ubicó el episodio como un problema de condiciones no cumplidas. El arzobispo José Alfredo Larregain, que asumió en febrero del año pasado, recordó que el matrimonio cristiano “requiere el cumplimiento de determinadas condiciones esenciales para su validez y licitud, tal como lo establece el Derecho Canónico y la tradición viva de la lglesia”. También advirtió que “la omisión de estas condiciones no solo desvirtúa el significado profundo del sacramento, sino que también puede generar confusión en la comunidad de los fieles”.


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En el comunicado, la sede arzobispal explicó por qué actuó de oficio y qué eje tomó para desconocer la boda. Sostuvo que, ante el casamiento de Solange e Isaías, “procede conforme a lo dispuesto por el Derecho Canónico actuando de oficio, con las advertencias convenientes y medidas canónicas y disciplinarias formales que pudieran corresponder”. Además, remarcó que “en esta sede arzobispal en ningún momento se recibió la documentación eclesiástica correspondiente a las formalidades requeridas para el tratamiento de estos casos”, una frase que en los hechos anticipa la anulación.

Mientras avanzaba el cruce eclesiástico, Solange habló con Radio Sudamericana y buscó correrse del tono de escándalo. Dijo que junto a Isaías “somos una pareja trans que pudo recibir la bendición de la Iglesia” y relató que el plan original no incluía una boda religiosa. En su reconstrucción, la búsqueda se apoyó en referencias previas: “Nos dijeron que esa iglesia era bastante abierta a la hora de recibir a la comunidad”, y desde ahí iniciaron el camino.


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La contrayente describió el procedimiento dentro de la parroquia como un trámite similar al de otras parejas. Contó: “Lo hicimos como cualquier otra pareja: iniciamos un expediente matrimonial, nos acercamos a hablar con el fray y él nos recibió muy bien”, y agregó que el sacerdote se comunicó con el Arzobispo. Según su testimonio, el cura les transmitió un criterio decisivo: “biológicamente éramos un varón y una mujer, entonces podíamos ser bendecidos bajo el sacramento del matrimonio”, aun cuando las partidas de bautismo conservaran los nombres anteriores.

El caso sumó otra capa cuando Larregain habló con la agencia católica Crux y reforzó la posición oficial. Señaló que en estas circunstancias el matrimonio resulta nulo “ipso facto” por no cumplir con requisitos de “materia y forma”. Y completó ese punto con una precisión que resume el paso siguiente: “Eso ocurre automáticamente, pero se emite un decreto formal”, mientras el oficio canónico define si corresponde una sanción al sacerdote.

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