
Lo atacó por la espalda y lo asesinó con alevosía, según la acusación aceptada a la espera del juicio
Policiales20/02/2026
REDACCIÓNFiscalía y defensa discutieron si hubo alevosía o un homicidio simple, pero el juez sostuvo la acusación más grave y fijó preventiva hasta el 20 de agosto.

En Comodoro Rivadavia, el primer debate del expediente giró alrededor la posible alevosía. Ese fue el punto que tensó la audiencia en tribunales del barrio Roca, porque de esa calificación dependen la pena en expectativa y el rumbo de la investigación que se abre por la muerte de Juan Marcos Elías Levill.
Con ese telón de fondo, el juez resolvió que Carlos Enrique Llanos siga detenido y que la causa avance con la imputación provisoria más severa. La decisión dejó firme la formalización por “homicidio agravado por alevosía” y dispuso prisión preventiva hasta el 20 de agosto, mientras el Ministerio Público Fiscal trabaja la hipótesis y reúne medidas para sostenerla en los próximos meses.


La audiencia combinó control de detención y apertura de investigación y se realizó al mediodía del viernes en los tribunales penales ordinarios. Allí, la fiscalía pidió que se declare legal la detención, que se formalice el hecho con la calificación agravada y que se dicte la preventiva. La defensa, en cambio, buscó bajar la carátula a “homicidio simple” y se opuso al encierro, con un pedido de libertad o, al menos, medidas alternativas.
El relato del hecho que quedó expuesto en la sala ubicó la escena el 13 de febrero, cerca de las 18, en el playón interior del sector 3 del barrio 30 de Octubre. Según fiscalía, Levill compartía bebidas alcohólicas con dos testigos cuando llegaron Llanos y otra persona. En ese momento, siempre de acuerdo con la acusación, no hubo intercambio previo: el ataque apareció de sorpresa y con la víctima de espaldas.
La fiscalía describió a Levill como alcoholizado y en situación de indefensión, y sostuvo que Llanos actuó con intención homicida. En esa reconstrucción, el imputado portaba un arma blanca y asestó dos puñaladas, una en la zona intercostal izquierda y otra debajo de la axila, a la altura del pectoral izquierdo. Tras el ataque, indicó el Ministerio Público, Llanos se retiró del lugar.
El resultado médico fue uno de los puntos que le dio materialidad al hecho dentro de la audiencia. Fiscalía afirmó que el fallecimiento se produjo de manera inmediata por shock hipovolémico a raíz de una herida de arma blanca en el tórax. Con ese encuadre, pidió formalizar la investigación con Llanos en calidad de autor y con la calificación provisoria de homicidio agravado por alevosía.
A la hora de discutir la prisión preventiva, el funcionario de fiscalía apoyó el pedido en tres elementos que se repiten en este tipo de audiencias, pero que en este caso tomaron especial peso por la calificación: gravedad del hecho, pena en expectativa y riesgos procesales. La fiscalía habló de peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación como razones para que el imputado permanezca detenido mientras avanzan las medidas. En términos prácticos, la preventiva buscó blindar el tramo inicial de la causa.
La defensa, a cargo del defensor público, no impugnó la legalidad de la detención ni discutió el relato del hecho tal como lo presentó fiscalía, pero sí atacó el punto neurálgico: la calificación. Planteó una figura penal menor, “homicidio simple”, y cuestionó la probabilidad de autoría en los términos sostenidos por el acusador. En paralelo, rechazó la preventiva y pidió la libertad, o bien una salida con presentaciones semanales en la Oficina Judicial.
La decisión final ordenó el tablero para los próximos meses: detención legal, apertura de investigación por seis meses y prisión preventiva hasta el 20 de agosto. Al sostener la figura de alevosía en esta etapa, el juez dejó asentado qué hipótesis considera, por ahora, más consistente para justificar el encierro y habilitar medidas de investigación. Esa definición no cierra el debate, pero sí marca el punto desde el que la fiscalía tendrá que construir y la defensa buscará erosionar.
La audiencia la presidió el juez penal Mariano Nicosia. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Maximiliano Morsucci, funcionario de fiscalía, y la defensa del imputado la ejerció Gustavo Oyarzun, defensor público. Con esos nombres y esa resolución, el caso queda encaminado a un tramo probatorio que será determinante para sostener o modificar la calificación provisoria que hoy mantiene a Llanos tras las rejas.
















