
Luciani y Mola reclaman que el tribunal la intime a evitar nuevas concentraciones frente a San José 1111 y advierten que la domiciliaria puede peligrar.

La prisión domiciliaria de Cristina Kirchner dejó de discutirse sólo en el expediente y pasó a medirse también en la calle. Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola pidieron al Tribunal Oral Federal 2 que la advierta formalmente por las concentraciones registradas frente a su departamento de San José 1111, en Constitución, y plantearon que una repetición de esos episodios puede poner en riesgo el beneficio que hoy le permite cumplir la condena en su casa. El planteo no pide una revocación inmediata, pero sí empuja al tribunal a fijar un límite concreto sobre lo que puede volver a ocurrir alrededor del domicilio.
El punto de apoyo de la fiscalía está en las reglas que el propio tribunal fijó cuando le concedió la domiciliaria el 17 de junio de 2025. Esa resolución dispuso que la ex presidenta debía permanecer en el domicilio autorizado salvo situaciones excepcionales con aval judicial previo, usar tobillera electrónica y “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”. Es sobre esa cláusula, más que sobre una prohibición expresa de mostrarse en el balcón, donde ahora se concentra la ofensiva del Ministerio Público.


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La discusión actual, de hecho, no nace de una regla nueva sino de la lectura de una condición que ya existía. El 19 de junio de 2025, cuando la defensa pidió que se aclarara si Cristina podía o no salir al balcón, el tribunal respondió que no le vedaba “en principio” ningún espacio del inmueble, pero le exigió “criterio, prudencia y sentido común” para no afectar la tranquilidad del barrio. Esa respuesta dejó una puerta abierta al uso del balcón, aunque ató ese gesto a sus efectos sobre el entorno, que es justamente el punto que ahora volvió a explotar en la causa.
Luciani y Mola apoyaron su presentación en dos episodios de marzo que, a su juicio, alteraron ese equilibrio. El primero ocurrió el 17 de marzo, cuando Cristina fue convocada de manera presencial a Comodoro Py y la fiscalía describió una “llamativa concentración de personas” frente a su casa durante la salida y el regreso. El segundo fue la movilización del 24 de marzo, cuando una multitud volvió a concentrarse en las inmediaciones del edificio, hubo cortes de calles y la ex presidenta permaneció cerca de una hora en el balcón saludando a la militancia.
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El argumento fiscal empuja la discusión hacia una contradicción más profunda que una mera escena de balcón. Los fiscales sostuvieron que esas situaciones “desnaturalizan” las condiciones bajo las cuales se concedió la domiciliaria y abren una “legítima duda” sobre si siguen aseguradas las condiciones de seguridad que la defensa había invocado cuando pidió ese régimen. Ahí aparece el nudo político y judicial del caso: el beneficio que se otorgó, entre otras razones, para resguardar su seguridad personal, hoy queda cuestionado por hechos que la fiscalía interpreta como incompatibles con ese mismo objetivo.
El pedido concreto de Luciani y Mola no se agotó en una queja por lo ya ocurrido. En su escrito solicitaron que el tribunal exhorte a Cristina Kirchner a “adoptar las medidas que estime corresponder” para evitar nuevas situaciones que alteren el orden público y la seguridad en el barrio, y pidieron que esa intimación quede formulada “bajo apercibimiento de serle revocado el beneficio concedido”. En términos prácticos, la fiscalía busca que el TOF 2 deje asentado que una nueva secuencia de este tipo ya no se leerá como un episodio político más, sino como un posible incumplimiento del régimen de detención.
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La consecuencia operativa de ese planteo corre la discusión desde la conducta íntima de la condenada hacia el movimiento externo que rodea a su domicilio. El expediente ya no mira sólo qué hace Cristina dentro de su departamento, sino también qué grado de responsabilidad le atribuye la Justicia sobre convocatorias, cortes y permanencias masivas en una zona residencial. Ese corrimiento importa porque, si el tribunal acompaña a la fiscalía, la domiciliaria quedará atada no sólo al encierro y a la tobillera, sino también a la capacidad de evitar que la calle vuelva a convertirse en una extensión política de San José 1111.
El trasfondo del caso sigue siendo la causa Vialidad, en la que la Corte Suprema dejó firme en junio de 2025 la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra la ex mandataria. Ese mismo día, el TOF 2 le concedió cumplir la pena en su departamento de Constitución por su edad y en un contexto atravesado por razones de seguridad, un encuadre que en ese momento evitó su traslado a una cárcel común. Nueve meses después, ese diseño vuelve a tensión porque la fiscalía entiende que el modo en que se proyecta la militancia sobre el domicilio choca con el fundamento que justificó el beneficio.
Hasta este viernes 27 de marzo de 2026 no aparece publicada una resolución del tribunal sobre ese pedido, de modo que el expediente quedó en una etapa de definición delicada. Lo que resuelva el TOF 2 no sólo ordenará un incidente puntual, sino que marcará hasta dónde llega la tolerancia judicial frente a las concentraciones alrededor de una dirigente condenada que sigue conservando centralidad política. La decisión que falta no cambiará la condena, pero sí puede fijar un límite nuevo sobre cómo se cumple esa pena en el barrio donde hoy transcurre su encierro.















