
La Justicia confirmó la pena contra una odontóloga por intervenir sin permiso de los padres y dejar secuelas en un menor que llegó por un dolor dental.

La historia judicial que se cerró en San Juan tiene como eje una intervención que excedió cualquier margen médico aceptable. Un niño de cinco años terminó con una pérdida dental irreversible luego de una práctica realizada sin autorización familiar. La resolución del máximo tribunal provincial dejó firme una condena que ya había sido dictada meses atrás.
La odontóloga María Romina Pellice recibió una pena de un año de prisión en suspenso y un año de inhabilitación profesional. La sanción quedó confirmada luego de que la Justicia rechazara los planteos de la defensa. El fallo ratificó su responsabilidad por lesiones culposas en un caso que se arrastra desde 2017.


El punto más crítico del expediente gira en torno a la falta de consentimiento. La intervención incluyó la extracción de 12 muelas a un menor de cinco años, una decisión que no contó con la aprobación de sus padres. Ese aspecto resultó determinante en la evaluación judicial del caso.
OTRAS NOTICIAS
El recorrido previo del niño muestra un contexto médico distinto al que terminó ocurriendo. En un primer momento, fue llevado al Hospital Rawson por dolor dental y fiebre. Allí, el tratamiento se limitó a drenar un absceso y recetar antibióticos, sin intervenciones invasivas.
La falta de mejoría derivó en una internación en el Sanatorio Argentino. En ese centro, el niño recibió antibióticos intravenosos antes de ser derivado a la consulta odontológica. Ese traslado marcó el inicio de una secuencia que terminó en la intervención cuestionada.
La cirugía realizada por Pellice se extendió durante aproximadamente una hora. El resultado fue la extracción total de las piezas dentales afectadas, sin mediar autorización de los progenitores. Como consecuencia inmediata, la madre recibió un frasco con los dientes extraídos.
El impacto en la salud del menor resultó uno de los puntos centrales de la causa. Según la Justicia, el procedimiento tuvo consecuencias graves en su desarrollo físico y psicológico. El niño quedó con solo dos muelas superiores definitivas y algunos dientes delanteros, una condición que condiciona su crecimiento.
OTRAS NOTICIAS
El fallo judicial encuadró la conducta como mala praxis y utilizó una definición contundente. La intervención fue considerada un acto de “imprudencia profesional”, lo que reforzó la gravedad del accionar médico. Ese criterio se sostuvo en todas las instancias del proceso.
La sentencia original se dictó en marzo de 2025, pero la situación se definió en las últimas horas. El máximo tribunal de San Juan dejó firme la condena tras rechazar un recurso de casación presentado por la defensa. Con esa decisión, se agotaron las instancias de revisión dentro de la provincia.
El caso expone cómo una consulta por un cuadro infeccioso terminó en una intervención de consecuencias permanentes. La diferencia entre el tratamiento inicial y la decisión posterior quedó en el centro del análisis judicial. La resolución confirma la responsabilidad profesional en un episodio que marcó la vida del menor.















