
Un nuevo dato de la autopsia podría dar un giro en la causa por la muerte de Ángel
Policiales09/05/2026
REDACCIÓNTras la incorporación de estudios histopatológicos que vinculan el deceso con una patología infecciosa, el Ministerio Público Fiscal debería definir si mantiene la acusación de homicidio o cambia a abandono de persona.

La investigación por el fallecimiento de Ángel Nicolás López, el niño de cuatro años que murió en Comodoro Rivadavia, atraviesa una etapa de revisión técnica obligatoria. Según da cuenta una fuente al diario Clarín, la aparición de nuevos informes médicos, que suman otra probable causa de muerte distinta a la establecida en la autopsia preliminar, obliga a los investigadores a examinar la plataforma fáctica de la causa. Según las mismas fuentes vinculadas al expediente, la evidencia científica reciente indicaría que “la causal de muerte habría sido una neumonía”, cuadro que habría derivado en una falla cerebral por hipoxia. Esta hipotesis, no borra la investigación de violencia y golpes al menor, y podría ser supletoria de la causa violente de muerte.
Esta información técnica introduce una contradicción con los hallazgos iniciales del cuerpo médico forense, que en un principio había detectado más de 20 lesiones internas en el cráneo del menor. Aquella primera conclusión orientó la causa hacia un homicidio por maltrato físico, pero los estudios de laboratorio sugieren ahora que el cuadro de “hipertensión endocraneana por edema cerebral difuso y generalizado” podría tener un origen biológico. Ante este escenario, la Fiscalía confirmó que deberá “reevaluar la calificación pero que eso no significa que vayan a quedar libres de culpa y cargo”.


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La readecuación de la carátula es un paso procesal necesario para evitar nulidades en un futuro juicio. Si se comprueba que el deceso fue consecuencia de una enfermedad no tratada, la figura penal podría desplazarse hacia un abandono de persona seguido de muerte, bajo la premisa de que “el nene estuvo padeciendo ese cuadro durante varios días” sin recibir asistencia. De esta manera, el reproche penal se centraría en la omisión de cuidados esenciales por parte de los adultos responsables.
El historial clínico del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia será determinante para establecer si hubo señales de alarma desestimadas en el hogar. El informe de ingreso del menor dejó constancia de un estado crítico y un paro cardiorrespiratorio inminente, además de mencionar un “antecedente de traumatismo previo” que aún debe ser contextualizado. La fiscalía busca determinar si la supuesta afección pulmonar fue el detonante final o si existió una confluencia de factores que comprometieron la vida del niño.
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En la actualidad, Mariela Altamirano cumple prisión preventiva en el Instituto Penitenciario Provincial, situado entre las ciudades de Trelew y Puerto Madryn. La mujer permanece detenida bajo la calificación de homicidio agravado por el vínculo, mientras que su pareja, Maicol González, se encuentra en la Alcaidía de Comodoro Rivadavia por homicidio simple. Ambos permanecen privados de su libertad por disposición del juez Alejandro Soñis, quien oportunamente dictó la medida por un plazo de seis meses.
El Ministerio Público Fiscal de Chubut debería solicitar una nueva audiencia para formalizar los cambios en la acusación, en caso de que los informes de los peritos confirmen la preeminencia de la patología infecciosa. Este movimiento jurídico no implica el cierre del caso, sino una reconfiguración de la estrategia acusatoria para ajustarla a las pruebas recolectadas. La situación procesal de los detenidos dependerá de cómo se encuadre legalmente la falta de atención médica ante un cuadro de salud tan severo.
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La instrucción deberá precisar si la conducta de los cuidadores constituye una negligencia criminal bajo la nueva hipótesis de la neumonía. El cambio de foco hacia la desatención de la salud del menor mantiene la gravedad del hecho, aunque bajo parámetros legales distintos a los del impacto directo. La Justicia tiene que garantizar que la acusación final sea sólida y resistente a las impugnaciones que puedan presentar las defensas ante la evidente contradicción entre los dos informes médicos.
Fuente: Diario Clarín















