
La madre de Ángel y su pareja tuvieron acciones directas que provocaron la muerte del nene
Policiales23/05/2026
REDACCIÓNEl informe médico pericial determinó que un cuadro severo de bronquiolitis resultó fatal al combinarse con agresiones físicas, provocando un endurecimiento en los cargos judiciales.

La autopsia realizada sobre el cuerpo del menor determinó que las patologías pulmonares no actuaron de forma aislada en el desenlace fatal. Los especialistas que integran la Junta Médica certificaron que el pulmón del niño cursaba un cuadro avanzado de bronconeumonía y bronquiolitis. Sin embargo, el informe forense concluye que estas afecciones respiratorias se presentaron en concomitancia con politraumatismos graves, lo que evidencia una situación de violencia doméstica prolongada que mermó la capacidad de resistencia biológica de la víctima.
Los hallazgos clínicos modificaron de manera radical la línea de acusación que sostenían los funcionarios judiciales a cargo del expediente. El Ministerio Público Fiscal abandonó la hipótesis de una conducta pasiva por parte de la madre de la víctima, descartando la figura técnica de abandono de persona o falta de auxilio que guiaba las primeras actuaciones. Los investigadores sostienen ahora que la mujer ejecutó acciones directas que incidieron de forma material en el fallecimiento de su hijo.


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La reconfiguración del caso altera la participación atribuida a los dos adultos que permanecen privados de la libertad desde que se inició la causa penal el pasado 14 de abril. La madre enfrenta cargos por homicidio agravado, una tipificación delictiva que prevé de forma única la pena de prisión perpetua en los tribunales nacionales. Por su parte, el otro imputado de apellido González se encuentra procesado bajo la figura de homicidio simple, una escala penal que estipula un castigo de entre 8 y 25 años de cárcel.
El fiscal de la causa, Facundo Oribones, detalló el giro de la estrategia judicial y fundamentó los motivos del cambio en la acusación formal. “Inicialmente sosteníamos que la madre había omitido auxiliar al niño y que producto de esa omisión se produjo el deceso. Ahora, con la evidencia colectada, entendemos que colaboró activamente en la muerte de quien fuera su hijo”, precisó el funcionario. Los peritajes complementarios realizados sobre las líneas de telefonía celular de los sospechosos aportaron datos que sustentan esta nueva interpretación del rol materno.
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La determinación de la secuencia temporal exacta entre los episodios de maltrato físico y el colapso pulmonar final constituye el eje principal de los trabajos periciales en curso. Las autoridades de la fiscalía evalúan la posibilidad de sumar las figuras de alevosía y ensañamiento a la carátula definitiva del proceso, aunque admiten que las muestras recolectadas hasta el momento requieren de mayores precisiones técnicas. “El cuadro respiratorio fue la causa eficiente de muerte, pero los golpes evidencian una situación de maltrato infantil bastante importante”, remarcó Oribones.
Los abogados defensores de los acusados interpusieron recursos formales durante la última audiencia de revisión para objetar las conclusiones iniciales del cuerpo forense. El juez de garantías a cargo de controlar las garantías del proceso hizo lugar al pedido de las defensas para concretar una ampliación formal de la Junta Médica. Esta nueva instancia pericial obligará a convocar a facultativos adicionales y posibilitará la intervención de peritos de parte propuestos por los imputados para revisar los tejidos examinados.
La incorporación de nuevos especialistas médicos estira los tiempos administrativos del proceso penal antes de que la causa pueda ser discutida en un debate oral y público. Los gabinetes de criminalística deberán agilizar la desgrabación de los mensajes y llamadas remanentes en los dispositivos móviles para cruzarlos con el nuevo dictamen de salud que emitan los peritos. La fiscalía busca asegurar que la acusación final no sufra fisuras técnicas ante las impugnaciones que preparan los representantes legales de los detenidos.
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El trámite del expediente se encuentra sujeto a pautas temporales estrictas que limitan la duración de la investigación penal preparatoria en los tribunales provinciales. El Poder Judicial fijó el 14 de octubre como la fecha límite para la clausura de la etapa de recolección de pruebas y testimonios de Testigos. Si los informes ampliados no ingresan antes de ese vencimiento, el fiscal deberá formular su requisitoria con los elementos disponibles, arriesgando la solidez de las agravantes propuestas.















