
Condenaron a nueve años de prisión al falso pastor que esclavizaba personas: deberá pagar $80 millones
Actualidad29/05/2026
REDACCIÓNEl Tribunal Federal de Córdoba impuso una pena de 9 años de prisión para el jefe de la secta Dimensión Cielo. Obligan a indemnizar a los sobrevivientes.

El Tribunal Oral Federal N°2 de Córdoba impuso millonarias reparaciones económicas por más de 80 millones de pesos para resarcir a las víctimas de una red de trata laboral. Los jueces ordenaron desembolsos específicos que incluyen $48.034.445 para un damnificado, $28.800.000 para un segundo afectado y $3.500.000 destinados a los familiares de otra persona afectada. La resolución respondió de manera directa a la presentación impulsada por el Ministerio Público Fiscal y la querella durante el cierre del debate.
Una pyme clandestina dedicada a la producción y venta de panificados funcionaba como el motor financiero para sostener la estructura de la organización criminal. Los sobrevivientes realizaban jornadas de trabajo forzado bajo la supervisión directa de un integrante del grupo catalogado en el expediente como “colaborador subordinado”. Este eslabón intermedio se encargaba de hacer cumplir las directivas diarias en las cuadras de panadería sin poseer margen propio para la toma de decisiones comerciales.
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Las maniobras comerciales de la banda, conocida bajo el nombre de Dimensión Cielo, se expandieron geográficamente tras iniciar sus actividades en la provincia de Tucumán. La organización mudó luego sus operaciones hacia el territorio de Córdoba, montando establecimientos donde varias personas convivían bajo un régimen de encierro severo. Un segundo engranaje clave de la banda asumía las tareas de la administración empresarial, comercial y económica de los bienes producidos por los fieles sometidos.
La escala penal diseñada por el tribunal cordobés castigó con dureza el entramado delictivo al dictar 9 años de prisión para el líder principal de la banda. La Justicia consideró probado que este hombre actuó como autor penalmente responsable de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre. El dictamen judicial también fijó penas de 4 años de cárcel para su esposa y otros dos colaboradores civiles considerados partícipes secundarios.
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El falso pastor concentraba la totalidad de los flujos monetarios y anulaba cualquier vestigio de disidencia interna mediante violencia psicológica. La fiscalía federal interviniente acreditó que el cabecilla “en el plano espiritual y material tomaba absolutamente todas las decisiones económicas, productivas y comerciales”. Este control tiránico alcanzaba también a su cónyuge, quien según los peritajes estaba atravesada por dinámicas de violencia económica y simbólica ejercidas por su marido.
El reclutamiento masivo de los trabajadores explotados se ejecutaba mediante un prolijo despliegue en plataformas digitales y foros virtuales. El líder de la comunidad se presentaba ante los internautas como una figura investida de autoridad divina, utilizando redes sociales y difundiendo canciones por internet como anzuelo de acercamiento. El ciberpatrullaje demostró que esta estrategia digital permitía un acceso efectivo hacia personas solas o con severas necesidades familiares que buscaban refugio espiritual de buena fe.
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El proceso de sometimiento intramuros obligaba a los ingresantes a romper de manera definitiva con sus biografías personales externas. Los investigadores comprobaron que las personas eran “atraídas mediante promesas de una vida comunitaria basada en valores religiosos con trabajo y contención, pero que una vez integradas al grupo eran sometidas progresivamente a un sistema de aislamiento y control”. Este perverso método de sumisión incluía la prohibición de llamados familiares, la imposición de cambios de nombre y severas modificaciones en el aspecto físico de los damnificados.
El debate oral y público desvinculó de responsabilidad penal a un quinto integrante de la comunidad que llegó al banquillo de los acusados en calidad de imputado. Los magistrados dictaron su absolución definitiva luego de que el Ministerio Público Fiscal resolviera retirar los cargos de la acusación durante las audiencias previas a los alegatos. Este descarte técnico redujo el círculo de culpables a los cuatro operadores principales de la estructura coercitiva religiosa.
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La ejecución efectiva de las condenas de cárcel abre un escenario de supervisión estatal permanente sobre los bienes decomisados a la organización apócrifa. El tribunal mantendrá el monitoreo sobre las cuentas bancarias del falso pastor para efectivizar los pagos indemnizatorios y garantizar el tratamiento de los sobrevivientes. El tramo final de la causa penal se concentrará en consolidar el esquema de protección y asistencia psicológica permanente para quienes lograron escapar del encierro forzado.
Fuente: NA.






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