
El Superior Tribunal de Justicia revocó una absolución previa y dictó dos años de prisión condicional para el efectivo que delinquió en Gan Gan.

La Justicia de Chubut fijó un límite definitivo al uso del arrepentimiento forzado como estrategia para eludir las sanciones penales vigentes. Un tribunal de segunda instancia dictó una pena de dos años de prisión de ejecución condicional contra un efectivo que intentó justificar un robo bajo la figura del desistimiento voluntario. El fallo ratifica que la restitución de un botín carece de valor exonerable si se ejecuta únicamente cuando el delincuente ya se sabe acorralado por los testigos del hecho.
La controversia legal llegó a este desenlace tras quedar sin efecto un polémico dictamen de primera instancia que pretendía exculpar por completo la conducta del uniformado. La jueza Patricia Asaro había dictado la absolución inicial del imputado al considerar que el reintegro de los fondos cancelaba de forma automática la existencia del dolo. En aquella criticada resolución, la magistrada plasmó textualmente que “el dolo, necesario para dar completitud al ilícito, desaparece cuando Castillo entrega íntegramente el fajo de $100.000 y vuelve a manos de su legítimo propietario”.
OTRAS NOTICIAS:
Esta interpretación restrictiva del delito provocó la inmediata apelación del Ministerio Público Fiscal para evitar un precedente de impunidad corporativa en el interior. La fiscal Ivana Berazategui encabezó la resistencia jurídica y sostuvo que la entrega de la plata no nació de una decisión ética o espontánea del procesado. La funcionaria judicial fundamentó su postura argumentando que “el desistimiento voluntario implica que el sujeto abandona el ilícito por decisión propia antes de ser descubierto o advertido. Aquí, Castillo no devolvió el dinero hasta que se le reclamó explícitamente, lo que podría invalidar la hipótesis de un acto voluntario”.
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut convalidó los agravios del órgano acusador y ordenó la anulación completa del primer proceso judicial. El máximo tribunal de la provincia dispuso apartar a la magistrada original y realizar un nuevo debate oral y público bajo la conducción de otro juez. Esta intervención forzó una revisión integral del comportamiento posterior del imputado, analizando la mecánica precisa en la que se produjo la restitución de la suma sustraída.
OTRAS NOTICIAS:
El hecho material que desencadenó el litigio se remonta a mayo de 2022 en las calles de la aislada localidad de Gan Gan. El policía aprovechó su función para meterse en un vehículo estacionado en la vía pública y manotear la recaudación que el propietario había dejado en el habitáculo. La impunidad de la maniobra fracasó cuando una serie de personas presentes en el lugar advirtieron el hurto y decidieron interceptarlo en el acto.
Los civiles acorralaron al policía y le exigieron la rendición inmediata antes de que pudiera retirarse de la escena con los fondos ajenos. La presión ejercida por los testigos en la vereda obligó al agente a sacar el fajo de 100 mil pesos y devolverlo a su legítimo dueño frente a la mirada de todos. Durante el segundo juicio oral, la fiscalía utilizó precisamente esta secuencia forzada para acreditar la autoría material y derrumbar la coartada del desistimiento voluntario.
OTRAS NOTICIAS:
La resolución definitiva adquiere una notable relevancia institucional debido a que el autor del delito de hurto pertenece a las filas de la fuerza de seguridad provincial. El impacto público de la sentencia se agrava por la condición funcional de un agente que juró proteger los bienes de los ciudadanos y terminó delinquiendo en el interior de la provincia. Los jueces focalizaron la pena en la responsabilidad probada en las audiencias sin otorgar concesiones especiales por su uniforme.
La condena final sienta una doctrina clara sobre el verdadero valor que poseen las impugnaciones fiscales ante lecturas benévolas de los códigos de fondo. Las oficinas del Ministerio Público lograron revertir un fallo perjudicial que amenazaba con debilitar el control de la propiedad privada en toda la región. A partir de esta definición del Superior Tribunal, la restitución forzada por la evidencia ya no servirá como un salvoconducto automático para las defensas técnicas de los imputados.
OTRAS NOTICIAS:
El uniformado deberá someterse ahora al cumplimiento estricto de una serie de reglas de conducta obligatorias fijadas por el nuevo tribunal para evitar la prisión efectiva. El legajo judicial se traslada al ámbito de la jefatura de la fuerza para resolver las inminentes sanciones administrativas que pesarán sobre su continuidad laboral. El veredicto deja una certeza jurídica de cumplimiento inmediato: devolver lo robado tras ser descubierto ya no alcanza para eludir el peso de la ley penal.

















